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  • Registro de embargos e hipotecas

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 #1163134  por Nanao
 
Estimado/as colegas:
Apelo a su experiencia en la materia. Explico situación:
Tengo un escritura de dominio de la que resulta en la misma, la traba de 4 embargos y una hipoteca. En la misma escritura, figura que tanto los embargos como la hipoteca que recaían sobre el inmueble estaban canceladas. No obstante ello, el adquirente debe hacérce cargo de la registración del levantamiento de los mismo. Mi pregunta es la siguiente: Qué debo hacer? Dirigirme al registro de la propiedad inmueble de la pcia de buenos aires (Allí está radicado el inmueble) con la escritura y pedir el registro de esos levantamientos? Qué documentación debo llevar? Tengo que presentar algún informe? En su caso? Cuál sería? Qué valor tiene el timbra y/o sellado del mismo? La realidad es que no sé cómo hacerlo. Agradezco sus sugerencias y/o aportes sobre el tema.
Un abrazo.
 #1163201  por lperez
 
Estimado,
Entiendo que debes ir a el o los procesos donde el juez ordeno el embargo, y ver si está ordenado el levantamiento de los mismos, si es así procedes a hacer los oficios/testimonios según corresponda. Pero si no lo tenes ordenado, vas a tener que presentarte en el proceso acompañando la documentación que acredite la cancelación de la deuda, y solicitar el levantamiento de los mismos.
Saludos,
Lucía.-
 #1163288  por Nanao
 
Muchas gracias por la respuesta.
El tema es que según figura en la escritura traslativa de dominio, que queda como obligación del adquirente el registro (publicidad) del levantamiento de los embargos e hipotecas ya canceladas, pero no inscriptas. Por lo que estuve averiguando, hay un minuta de inscripción de levantamiento, pero sólo lo vi para el Registro de la propiedad Inmueble de capital federal. Busqué qué tipo de minutas hay en el registro de la Propiedad Inmueble de la pcia. de buenos Aires (dado que el bien está inscripto ahí) y no aparece nada en la parte de trámites. No me quedará otra q averiguar en el colegio de escribanos de san isidro, a efectos q me asesoren de qué manera y mediante qué formularios (ya no mediante vía judicial) pedir el levantamiento de esos gravámenes, que figuran como cancelados en la escritura traslativa de dominio original.
Muchas gracias!