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  • Decreto 54/2017. Modificacion ART

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1163688  por Laura1981
 
Buen dia, estimados colegas. Siendo que en el dia de la fecha se publico el decreto 54, queria contactarme con colegas que se dediquen a reclamos por accidentes y enefermedades laborales a fines de analizan como procederemos con los reclamos cuando se reanude la actividad judicial. Gracias y saludos
 #1163690  por adessoma
 
Fijate que ya hay un post iniciado.
Mi recomendación: meté la demanda el primer día hábil antes de las 9:30.
 #1163968  por eltam88
 
Plantea la inconstitucionalidad del decreto en lo concerniente a la obligatoiriedad del trámite ante las Comisiones Médicas. Entre los argumentos tenés el fallo Castillo de C.S.J.N y por supuesto que no hay necesidad y urgencia para la modificación. Entiendo que los jueces de oficio debieran declararlo, pero bue esto último uno no debe esperar...
 #1164193  por mcapurro
 
Hola!
Una consulta.

Si no estoy de acuerdo con el porcentaje de incapacidad indicado por la Comisión Médica...

Expreso mi disconformidad en el ceclo o apelo ante la srt fundamentando?

Si fuera este último caso, a partir del dec.54, el médico que fundamente mi apelación deberá ser legista oficial??? (No me queda claro alcance de este requisito de médico legista en el decreto)

Muchas gracias!