Hola a todos! Tengo esta situación, contrato temporal, últimos meses con deuda de alquileres y expensas. El contrato venció en enero porque el inmueble no está más disponible. Sigue la deuda, que no tiene plata, que se quedó sin laburo, etc pero alquiló otro inmueble en el mismo edificio. Pregunta, íntimo al pago de lo adeudado, pero entiendo que el plazo de 10 días del código civil y comercial es PRE desalojo (en tutela del locatario) pero en este caso no aplica, porque no vive más ahí, puedo poner un plazo inferior? Tengo miedo que se vuelva a mudar y no tenemo otro domicilio. La intimacion es para iniciar acciones por cobro de alquileres e incumplimiento de contrato. Gracias!!
Natalia