hola quería sacarme esta duda procesal, si en capital federal di traslado que me ordeno el juzgado? es un acto impulsorio? (entiendo que si)
otro por ejemplo el juzgado me ordeno traslado y ya había dado traslado de ese punto, solo que el juzgado extravio la cedula y se ve que no lo tuvieron en cuenta yo me di cuenta luego, e igual le di traslado, cuanta igual como acto impulsorio?
gracias a quien pueda sacarme la duda....
otro por ejemplo el juzgado me ordeno traslado y ya había dado traslado de ese punto, solo que el juzgado extravio la cedula y se ve que no lo tuvieron en cuenta yo me di cuenta luego, e igual le di traslado, cuanta igual como acto impulsorio?
gracias a quien pueda sacarme la duda....