Buenas noches, recientemente tomé un caso de un expte.
Avanzado por un colega pero mal encarado...paso a ampliar...
Resulta que mi cliente solicitó pensión por fallecimiento, la cual fue negada en primera instancia por la junta médica de anses; luego su ex letrado apela a la camara de seg. social.
En el escrito de apelación comienza haciendo referencia a la dependencia económica sustentada por su progenitor...pero en vez de solicitar el art. 53 lo hace por el 49 ley 24241 invalidez.
Luego el cuerpo medico forense le otorgó el 74% de incapacidad visual total y permanente. La anses no apeló el fallo.
Acá empieza el problema....
La anses no le quiere otorgar el beneficio alegando una ampliación de la sentencia de la cámara que considero el art 49 ley 24241 cuando la pretencion del solicitante se encuadraba en la via del art.53.según anses....
Habiendo pasado un año de la sentencia de camara, solicito dicha ampliatoria, y la camara la niega alegando que ya vencieron los plazos....
Ahora yo digo...cuando se vencieron los plazos en la camara, se vencieron para la anses también....porque la anses no pidio la nulidad en ese momento??
Mi pregunta es... pido un pronto despacho en anses exigiendo se otorge beneficio o solicito se inicie de nuevo el tramite ??
Espero pronta respuesta
Desde ya muchisimas gracias.
Guillermo
Avanzado por un colega pero mal encarado...paso a ampliar...
Resulta que mi cliente solicitó pensión por fallecimiento, la cual fue negada en primera instancia por la junta médica de anses; luego su ex letrado apela a la camara de seg. social.
En el escrito de apelación comienza haciendo referencia a la dependencia económica sustentada por su progenitor...pero en vez de solicitar el art. 53 lo hace por el 49 ley 24241 invalidez.
Luego el cuerpo medico forense le otorgó el 74% de incapacidad visual total y permanente. La anses no apeló el fallo.
Acá empieza el problema....
La anses no le quiere otorgar el beneficio alegando una ampliación de la sentencia de la cámara que considero el art 49 ley 24241 cuando la pretencion del solicitante se encuadraba en la via del art.53.según anses....
Habiendo pasado un año de la sentencia de camara, solicito dicha ampliatoria, y la camara la niega alegando que ya vencieron los plazos....
Ahora yo digo...cuando se vencieron los plazos en la camara, se vencieron para la anses también....porque la anses no pidio la nulidad en ese momento??
Mi pregunta es... pido un pronto despacho en anses exigiendo se otorge beneficio o solicito se inicie de nuevo el tramite ??
Espero pronta respuesta
Desde ya muchisimas gracias.
Guillermo