Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Demanda defectuosa interrumpe prescripcion?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1164014  por Lexiuris
 
Colegas el tema es asi, antes de la feria inicie una demanda por un accidente de trabajo in itinere a fines de interrumpir la prescripcion.

Presenté la demanda, con un escrito sencillo, aquí encontre un modelo, resulta que del tribunal me informa el primer proveído que no cumple la demanda con los requisitos del 330 de cpcc y 26 y 27 de la ley 11.653 me notificaron, me llegó tarde la cédula y se vencio el plazo de tres dias, por lo tanto ya me la estan archivando.

Ahora bien, leí muchisima jurisprudencia donde queda establecido que la demanda por mas que sea defectuosa interrumpe la prescripcion de todas maneras, es asi?

Ahora el paso a seguir es presentar un escrito para sacar de archivo, y por una cuestion de economia procesal, en el mismo escrito subsanar los defectos de la demanda, esta bien? O directamente cito que ya reservé el derecho de ampliar la demanda oportunamente en mi primer presentacion

toda opinion es bienvenida, gracias!
 #1164019  por adessoma
 
No te están archivando la demanda; te están intimando a que subsanes el error. ¿Leíste la primera parte del art. 27? ¿Qué fue lo que omitiste?
Por otro lado, no es la jurisprudencia sino el propio art. 2546 del CCyC el que dice que la interposición de demanda, aun defectuosa, interrumpe la prescripción.
 #1164034  por Lexiuris
 
adessoma escribió:No te están archivando la demanda; te están intimando a que subsanes el error. ¿Leíste la primera parte del art. 27? ¿Qué fue lo que omitiste?
Por otro lado, no es la jurisprudencia sino el propio art. 2546 del CCyC el que dice que la interposición de demanda, aun defectuosa, interrumpe la prescripción.

Hola gracias por responder, si, omiti poner el partido, si bien denuncie el domicilio de los demandados...apenas se levante la feria voy a subsanar el error, dije que me lo archivaron porque me figura fuera de letra por sistema, ademas de que el art 27 dispone que Si la demanda tuviese algún defecto u omisión, se deberá ordenar sean salvados dentro del tercer día y con la prevención de que, en caso de incumplimiento, se dispondrá su archivo.

Voy a subsanar todo, y mas que nada me queria quedar tranquila de que no prescribió y puedo enmendarlo. Gracias nuevamente