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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1164015  por eluhngaro
 
Hola felices vacaciones a los que están disfrutando de ellas !!!

Mientras tanto a los que seguimos en Ciudad Gótica, Consulta:
Se podrá revertir un acuerdo espontáneo en el seclo ? al trabajador lo asistió el secretario del gremio !
 #1164016  por caro4457
 
Yo entendería que si, ya que podrías reclamar por la diferencia que vos creas pertinente. Aún así al acuerdo espontaneo lo podes anular diciendo que estaba viciado en la voluntad del trabajador y lo podes anular, pero para ello debes inicar un seclo comun y un posterior juicio
 #1164018  por eluhngaro
 
No además el trabajo lo realizaba en provincia, comprobable con testigos!!!!
 #1164020  por adessoma
 
¿Por qué motivo querés revertir un acuerdo espontáneo en el SECLO?
 #1164021  por eluhngaro
 
El trabajador me vino a ver, porque le pagaron dos pesos con cincuenta !!!!
 #1164022  por adessoma
 
Por el solo hecho de que le hayan pagado dos pesos no es motivo suficiente para revertir un acuerdo.
Además no sabés si fue homologado o si rechazaron la homologación.
 #1164023  por eluhngaro
 
adessoma escribió:Por el solo hecho de que le hayan pagado dos pesos no es motivo suficiente para revertir un acuerdo.
Además no sabés si fue homologado o si rechazaron la homologación.
Sólo estoy preguntando, Si no lo crees posible, bienvenida tu opinión !

No creo que la rechacen porque el acuerdo fue espontáneo con vs. empleados y tuvieron la asistencia del secretario del gremio, que sabía que no era la realidad de los hechos, y hasta donde sé uno de los principios del derecho laboral es la realidad material y no la formal.
 #1164025  por adessoma
 
mmm...tal vez yo tengo una opinión distinta: En el acuerdo que se presentó se puso que el trabajador ganaba dos pesos, y por eso el monto conciliado son pesos también.
No olvides que el acuerdo fue suscripto por el propio trabajador.
Lo veo difícil revertirlo.
 #1164026  por eluhngaro
 
Si estoy de acuerdo en que es difícil pero, tengo abundancia de testigos, entre compañeros y clientes, por eso me animaría !
 #1164028  por adessoma
 
Cualquier cosa que vayas a presentar tenés que hacerlo antes de que se homologue.
 #1164031  por eluhngaro
 
adessoma escribió:Cualquier cosa que vayas a presentar tenés que hacerlo antes de que se homologue.
Mandaría telegrama al Ministerio de trabajo, al conciliador, y al empleador, manifestando la disconformidad del trabajador y que firmó contra su voluntad ?
 #1164053  por andresxeneizes
 
si me dijeran que fue con un abogado que le puso el empleador, vaya y pasa, pero va con alguien del gremio, es decir con alguien que si bien pudo ser negligente, no le fue desleal, realmente no veo cual seria el real vicio de la voluntad para pedir la nulidad (eso sin perjuicio de lo que uno despues invente)
 #1164056  por eluhngaro
 
andresxeneizes escribió:si me dijeran que fue con un abogado que le puso el empleador, vaya y pasa, pero va con alguien del gremio, es decir con alguien que si bien pudo ser negligente, no le fue desleal, realmente no veo cual seria el real vicio de la voluntad para pedir la nulidad (eso sin perjuicio de lo que uno despues invente)
Es que en realidad la prestación de tareas la realizaba en Provincia, muchos testigos, más actas del ministerio de trabajo en las inspecciones realizadas !!!

Si por ahí vicio de la voluntad es un poco fuerte, pero no es la verdad material !!!
 #1164061  por andresxeneizes
 
Pero seguro el domicilio del empleador es en capital y ahi si podes ir al seclo. Mira la ley 18345 creo q art 20 o 24 o por ahi que dice que si el empleador tiene domicilio en capital puede traerse el caso cla capital
 #1164063  por eluhngaro
 
Es análoga a la de Provincia la 11.653.- El del lugar de trabajo, la celebración Ctto. o del domicilio del demandado a elección del demandante. !