Buenas tardes colegas! un cliente me plantea como tiene que hacer con su empleada doméstica ya que se muda de domicilio pero ella no sabe si va a poder concurrir al otro domicilio. He leido la 26.844 y nada dice al respecto, pregunto: se regiría entonces por la ley de contrato de trabajo?
El silencio suele ser el mejor aliado