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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1164601  por GRACIELA846
 
Hola Colegas, soy nueva en este tipo de tramites y lo peor es que ni el anses sabe como resolverlos.... me dijeron que a la clienta, quien aca, en el pais, no tiene aportes, le comprara por la 24476, los aportes que pudiera ya que la ley 26970 la excluye.... mi pregunta es la siguiente: estoy comprándole aportes desde sus 18 años, hasta el tope que fija la ley, setiembre 1993 corresponde que le coloque el beneficio del articulo 3 de la ley 24476, tomando como año del ultimo aporte en el pais, setiembre de 1993???????. gracias miles
 #1164647  por celiaEsc
 
Hola Graciela: supongo que si ellos te contestaron que podes tomar moratoria en ese período, es porque saben que los aportes en Italia son posteriores, por tanto tenes que tener en cuenta el cese definitivo de aportes en Italia para aplicar el artículo.
se puede aplicar esa ley si ella, desde los 18 años y hasta 09/1993 puede acreditar que vivió en este país.
Y el artículo 3, se puede aplicar según el cese, o sea el último aporte que haya tenido en Italia, si es que los aportes fueron posteriores a 09/1993, como parece ser, por lo que te han dicho.
Saludos