jimny escribió:Hola gente, les cuento que me olvide de poner el domicilio del demandado en el escrito de demanda......... no lo puedo creer pero me paso. Ingreso a la receptoria el viernes 3/2/17, que puedo hacer? agradece su ayuda.
Busque en libros e internet y solo encontre esto: Comentario al art 336 c.p.c.c de Fenochietto "si el actor incurrió en una defectuosa presentación de la demanda, el juez de origen puede señalar, antes de darle trámite, la omisión de que adolece, mandando subsanar en el plazo que indique"... y el art. 331 c.p.c.c.
No pasa nada, presentas un escrito denunciando el domicilio del demandado y ya esta.
Como anécdota te cuento que en un juzgado de mierda de diagonal norte el 28, porque de otra manera no se puede llamar con perdón de la expresión porque atienden dos monos y una vieja media drogada que entre los tres apenas no terminas de decir los autos te dicen no esta en letra! Te aceptan los escritos, para luego revolearlos y perderlos, y a la otra semana otra vez la misma historia.
Me fui por la tangente, cuestión es que los muy imbéciles dijeron que no mencioné el domicilio de la demandada me intimaron por cédula y antes de romper todo presenté copia de la demanda sellada en cámara y les subrayé en el expediente también en la misma copia el domicilio.
Con esto quiero decir que se pasan de pelotudos y que hoy un colega se fue furioso gritando que va 10 veces que lo mandan de ese juzgado a cámara y así.
Sinceramente los 3 que están en mesa parecen un ciruja, un cartonero y la madre borracha, increíble que gente así atienda, sin mencionar que en la mesa no hay lugar para un carajo nadie puede entrar ni salir sin carterazo de por medi
"Si un día tienes que elegir entre el mundo y el amor...recuerda: si eliges el mundo, quedarás sin amor, pero si eliges el amor, con él conquistarás al mundo"