Si es deuda de terceros, no te lo dan por el secreto fiscal.
Unicamente por oficio judicial y al juez.
Si es deuda propia, lo podés ver con la clave fiscal.
ContadorLJD escribió:Si es deuda de terceros, no te lo dan por el secreto fiscal.y es mas te agrego, no cualquier causa judicial, proceso de familia o proceso penal art 101 ley 11683
Unicamente por oficio judicial y al juez.
Si es deuda propia, lo podés ver con la clave fiscal.
andresxeneizes escribió:Gracias!ContadorLJD escribió:Si es deuda de terceros, no te lo dan por el secreto fiscal.y es mas te agrego, no cualquier causa judicial, proceso de familia o proceso penal art 101 ley 11683
Unicamente por oficio judicial y al juez.
Si es deuda propia, lo podés ver con la clave fiscal.
Pintrox escribió:Y si ese tercero es una empresa??? ... muchas gracias por responde.Es lo mismo.