Hola Colegas, les hago una consulta de algo ocurrido el dia de hoy, aclaro que no es frecuente que haga laboral en CABA.
Tuve una audiencia de conciliacion por la parte trabajadora, y asisti como apoderado, con el poder otorgado por el SECLO.
Y me desayune, que a partir de noviembre la presencia del trabajador es obligatoria, salvo fuerza mayor (enfermedad o residencia mayor a 300 km de CABA).
Acudo a los especialistas laborales, esto es asi?? Entonces el SECLO para que sigue emitiendo poderes?
Agradezco de antemano las respuestas.
Gracias
saludos.
Tuve una audiencia de conciliacion por la parte trabajadora, y asisti como apoderado, con el poder otorgado por el SECLO.
Y me desayune, que a partir de noviembre la presencia del trabajador es obligatoria, salvo fuerza mayor (enfermedad o residencia mayor a 300 km de CABA).
Acudo a los especialistas laborales, esto es asi?? Entonces el SECLO para que sigue emitiendo poderes?
Agradezco de antemano las respuestas.
Gracias
saludos.