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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #115592  por poorlaw
 
Hola a los colegas laboralistas:
Quisiera hacer la siguiente consulta:
1) Mi cliente es despedida sin causa en octubre del año pasado. Cuando la patronal le liquida y paga el rubro antigüedad, toma como monto de tope el publicado en una resolución de la secretaría de trabajo (ST) desactualizada, pero la última publicada.
2) Pero, en febrero de este año, se publica una nueva resolución ST con topes actualizados a fecha anterior a octubre, algo así como "retroactivo".
La pregunta es: ¿la patronal tiene derecho a negar abonar la diferencia por aumento del tope, invocando que a la fecha del despido la resolución vigente era la anterior?
Muchas gracias.
Saludos.

 #115867  por Mavericks
 
mira la ley bien dice en el art 245 un sueldo por año o fraccion mayor a tres meses,tomando como base la mejor remuneracion mensual,normal y habitual devengada durante el ultimo año o durante el tiempo de prestacion si este fuere menor.
Dicha base no podra exceder el equivalente a tres veces el importe mensual de la suma que resulte del promedio de todas las remuneraciones prevista en el cct aplicable al trabajador,
ahora[/b] el ministerio da por cada cct un promedio y a parti de ahi se ven los topes sino para los sueldo alto se aplica en caso vizzoti que se dio en 2004 por la corte suprema de justicia donde establecio que la quita no puede superar el 33% es decir percibira el trabajador el 67% de la indeminizacion que le correspondiere si queres el caso te lo paso y lo ves, espero que halla respondido a tu duda cuaquier cosa volve a postear saludos!!!![/u]

 #116231  por poorlaw
 
Hola Mavericks.

El problema es que el promedio para el tope del cct publicado por la secretaría de trabajo a la fecha de despido ( octubre/2007) estaba desactualizado. Se publicó un nuevo promedio, a través de otra resolución, pero con fecha posterior (febrero/2008), y la liquidación ya estaba paga a principio de noviembre/2007. La pregunta sigue siendo: la patronal ¿puede argumentar que no tiene la culpa de que la secretaría de trabajo no publique a tiempo los promedios para el tope?

El fallo Vizzotti ya lo tenía en cuenta.

Gracias por tu respuesta.

 #116248  por Mavericks
 
se toma el tope de octubre ya que en noviembre se realizo la liquidacion como bien vos decis el tope actualizado fue en febrero esto es ajeno a la voluntad del empleador y esta bien se posee esa postura la patronal ya que la secretaria actualizo el tope para el 2008 y tu caso es 2007 no se encuadra para un futuro reclamo..
Espero a ver sido claro caulquier cosa volve a postear saludos!!!! :)

 #116264  por poorlaw
 
Hola de nuevo mavericks:

Ahora bien, la secretaría de trabajo actualizó el tope para todo el 2007 en 2008. Parece injusto que el empleado que cobró en 2007, con el tope desactualizado, cobre menos que otro que esperó hasta 2008... todo porque la secretaría se tome 10 meses para publicar los promedios luego de los acuerdos.

Gracias de nuevo!

 #116526  por Marielp
 
Reclama la diferencia por inconstitucionalidad de los topes . Ademas, si la resolucion de la Secretaria de TRabajo lo impone en forma retroactiva , corresponde que ahora la empresa le pague la diferencia del art. 245 LCT en forma retroactiva. Toma como ejemplo los salarios, cuando un convenio establece que le paguen en forma retroactiva, le pagaran cuando sale la resolucion , pero en forma retroactiva, no porque ya pagaron enero, no le pagan esa diferencia de enero en marzo por ejemplo...
Si bien es verdad que la empresa en su momento "pago bien " entre comillas , porque esta el tema de la inconstitucionalidad de los topes , al salir la nueva resolucion , corresponde que le pague la diferencia, claro esta que no le corresponde pagar intereses porque a la fecha del pago, esa resolucion no habia salido. Esa es mi opinión , que si bien no esta legislado en ningun lado, es justo que sea asi. Ademas , calculo que los salarios basicos sí estaban homologados, por lo que el promedio al que alude el art. 245 sí existia por mas que la ST no lo haya publicado aun, y si la resolcuion que decis , ademas del promedio, establece basicos en forma retroactiva , la empresa debera pagarle a sus empleados activos en forma retroactiva los basicos , de la misma manera debe pagar la diferencia del 245 - ¿ Ya te planteo eso la empresa , que no corresponde ? Espera mas opiniones, por las dudas.

 #116948  por MORGAN
 
Si una resolución establece beneficios retroactivos para el trabajador abarcando períodos en los que la relación laboral estaba vigente, salvo exclusión expresa, corresponde que se le abonen y, lógicamente, puede reclamarlos. La ley habla de remuneraciones devengadas.
 #118615  por poorlaw
 
Hola Mavericks, Marielp y MORGAN:

Gracias por las respuestas a todos.

Saludos.