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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1165409  por Romina34
 
Hola colegas!
les consulto la siguiente inquietud. Me vino a ver un cliente que trabajo como contratado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (mediante sucesivos de contratos de locación y facturando mensualmente como monotributista), a todas luces un empleo en negro. Ahora quiere reclamar la correcta registración por la ley 24.013. En estos casos es competencia la justicia laboral o la contenciosa de la CABA?. Veo discutido el tema, hay de las dos posturas. Para mí la laboral dado que al no ser empleado público (por no existir nombramiento) no le sería aplicabe dicha jurisdicción. Agredecería sus opiniones. Muchas gracias! SAludos!
 #1165420  por adessoma
 
La ley 24013 no se aplica a los empleados públicos.
art. 1º decreto 2725/91: "Los trabajadores a que se refiere el Capítulo 1 del Título II de la Ley N° 24.013 son los comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo (L.C.T. t.o. 1976), excepto el artículo 12 de esa ley que será aplicable además a los trabajadores regulados por el Régimen Nacional de Trabajo Agrario. (Artículo sustituido por art. 1 del Decreto N° 688/1992 B.O. 6/5/1992)."
Pero si querés beneficiar a tu cliente podrías pedir la incorporación como planta permanente ("D´Atri, Marisa Elizabeth c/Universidad Nacional de Quilmes" del 17/9/2013).
Saludos.
 #1165421  por Romina34
 
Gracias por responder!!
Ella en realidad no quiere seguir, hay otras cuestiones también (como que le cambian las tareas de categorías menores, etc). La idea sería forzar un despido indirecto. No es la intención que la incorporen a planta permante, además ya sabe que nunca sucedería porque ya se lo dijeron.
Es viable denunciar el contrato de trabajo en un caso así?
Gracias!!
 #1165423  por adessoma
 
Romina34 escribió:Es viable denunciar el contrato de trabajo en un caso así?
No es viable porque simplemente no hay contrato de trabajo.
 #1165446  por DRA. MACA
 
No se aplica la LCT. Va por el fuero contencioso administrativo.
 #1165490  por Romina34
 
Gracias por responder!!!
Saludos,