Hola estimados foristas, mi duda es la siguiente: Tengo un cliente que ha descubierto que el hijo que anotó como propio (mientras convivía con la madre) NO es de él. Ya no convive más con la madre del niño (el que no cumplió el año aún), por lo que estoy pensando en iniciar acción para impugnar la paternidad. A la luz del nuevo Código Civil (art. 593), parecería como que el padre (reconociente), una vez hecho el reconocimiento ya no podría impugnarlo, habida cuenta de que es un acto irrevocable (aunque sí lo puede hacer cualquier tercero interesado). Mi duda es esa. Se podrá plantear la impugnacion alegando el padre que lo hizo por que creyó que era la carne de su carne (aclaro que NO contamos con examen particular de ADN que lo confirme)??. Seria conveniente intimar a la madre previamente para que preste al menor y ella a realizar un examen privado??. cualquier jurispurdencia al respecto, se agradece. Saludos.