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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1165273  por Saori
 
Buenas tardes a todos Me ha llegado recientemente un proceso laboral ya empezado. Tengo vista de causa dentro de muy poco y no se notifico todavia a la contraparte para que absuelva posiciones. Ya solicite libramiento de cedula en caracter de urgente con habilitación pero el tribunal es super lento. Mi pregunta es, puedo notificar a la contraparte en el domicilio real por carta documento para que absuelva posiciones?
Me ha pasado en otras circunstancias de tener que notificar a un testigo importante por acta notarial para que pueda comparecer, pero estoy preocupado en este tema....
 #1165323  por eltam88
 
Saori escribió:Buenas tardes a todos Me ha llegado recientemente un proceso laboral ya empezado. Tengo vista de causa dentro de muy poco y no se notifico todavia a la contraparte para que absuelva posiciones. Ya solicite libramiento de cedula en caracter de urgente con habilitación pero el tribunal es super lento. Mi pregunta es, puedo notificar a la contraparte en el domicilio real por carta documento para que absuelva posiciones?
Me ha pasado en otras circunstancias de tener que notificar a un testigo importante por acta notarial para que pueda comparecer, pero estoy preocupado en este tema....
Para notificar por carta documento vas a tener que pedirlo.
 #1165699  por diego29
 
Mas allá de que el art. 34 de la Ley 11.653 lo autoriza, y por lo tanto "podrias" notificar por carta documento las posiciones, me ha pasado en un tribunal que me pedian que solicite la autorizacion para remitir CD, mediante escrito, increible!, pedí hablar con la persona que llevaba la causa, y cuando le dije que estaba autorizada por el mismo art. no sabia que decirme! es criterio del tribunal me dijo!