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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1165744  por ariel1970
 
Hola: buenas noches tengo una pregunta, tengo mi primer caso laboral, y es en provincia, el tema es el sgte. a mi clienta la despidieron de un Kiosko que integra una S.A, ella se encontraba totalmente en negro, trabajo por seis meses y la intimaron a que retire su liquidacion practicamente insignificante a lo cual cotestamos a travez de C.D indemnizacion del 245,preaviso proporcional sac,el art. 80 etc. dandole un plazo de 48hs.con lo cual no recibimos contestacion de la misma. La pregunta es la sgte. reitero notificacion atravez de tcl.o directamente entablo la demanda? Desde ya muchas gracias
 #1165818  por caro4457
 
Que???? Estaba totalmente en negro y le mandaron una CD despidiendola??? Taba alcholizado el empleador cuando mando la CD. Y pregunta me imagino que vos le habras reclamado aunque sea la multa del art 1 de la ley 25323???? no estaba registrada!!!!
 #1165829  por ariel1970
 
Si por supuesto y varios rubros mas, sin especificar montos, dejando eso para la demanda en si,el tema es que no estaba seguro de cumplir con los plazos para poder iniciar la demanda porque en el escrito de la CD le habia dado un plazo para la contestacion de 48hs.Otra duda que tengo es si es necesaria la carta poder en provincia a los efectos de adicionarla a la demda como lo es en capital? y gracias por tu aporte!!!!
 #1165923  por caro4457
 
Yo esperaría reiteraría CD. No puedo creer que le hayan mandado una cd estando en negro, jajaja que país. En provincia si vas como apoderado tenes que presentarte con el actor junto con la carta poder que te la firmen y sellen el tribunal y listo, nunca lo dejes solo ni para hacer una carta poder!!!