Buenos días. Tengo una duda.
En un divorcio, sede civil en capital federal, las partes acordaron que la esposa con los hijos se quedarían en el domicilio conyugal, el cual es un departamento que alquilan.
Cuando se le da vista al fisco por otro tema con otro bien, el Fisco dice en su dictamen que se deberá presentar una boleta actualizada de ABL a los efectos de abonar la tasa de justicia.
Mi consulta es: se debe abonar tasa de justicia por una vivienda que se alquila?? Y en caso afirmativo, cómo se calcula? Sobre el valor del alquiler o sobre el valor fiscal?
Sospecho que el Fisco entendió mal, pensó que era un bien ganancial, pero quizás soy yo la que entendió mal.
Muchas gracias!!!
En un divorcio, sede civil en capital federal, las partes acordaron que la esposa con los hijos se quedarían en el domicilio conyugal, el cual es un departamento que alquilan.
Cuando se le da vista al fisco por otro tema con otro bien, el Fisco dice en su dictamen que se deberá presentar una boleta actualizada de ABL a los efectos de abonar la tasa de justicia.
Mi consulta es: se debe abonar tasa de justicia por una vivienda que se alquila?? Y en caso afirmativo, cómo se calcula? Sobre el valor del alquiler o sobre el valor fiscal?
Sospecho que el Fisco entendió mal, pensó que era un bien ganancial, pero quizás soy yo la que entendió mal.
Muchas gracias!!!