Buenas tardes, soy de Córdoba. Recién empiezo en el ejercicio de la profesión y me ha llegado un caso de cobro de alquileres. Mi cliente es el "locador". Mi duda es la siguiente: ¿Debo iniciar el "prepara vía ejecutiva (P.V.E.), cuando tengo un contrato con firma certificada"? Y si algún colega me pude facilitar un modelo le estaría enormemente agradecido.-