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  • Accidente - Caída en vereda lisa - Frente de edificio

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 #1140785  por leandroM
 
Buenas tardes. Les consulto por un caso que me llegó. Mi cliente iba caminando y al pisar la vereda de un edificio, al estar muy resbalosa, se patina y cae. Se fractura la pierna, tuvo que ser operado, usar muletas y kinesiología.
La vereda es de un edificio, sus baldosas son lisas y no rugosas como requiere el reglamento de construcciones de la Municipalidad y, además, la encargada de limpieza del consorcio habría encerado la vereda minutos antes y por ello mi cliente resbaló y cayó. Entiendo que existe la posibilidad de reclamar daños al consorcio y a la Municipalidad por no inspeccionar las baldosas del frente del edificio-Alguno tendría fallos de SCBA o algún modelo de un caso similar para ver bien el tema de la prueba? Agradezco desde ya cualquier sugerencia. Gracias.
 #1140938  por flux
 
Buscalo en google como "responsabilidad del frentista" o en la pagina www.diariojudicial.com con esa misma frase o en este foro de igual manera

Hay varios fallos sobre el tema, podes elegir si demandar al consorcio y a la comuna o al consorcio solo o a la comuna sola

Una opinion mia seria que solo demandes al consorcio..., hay solvencia asegurada y te vas a ahorrar que la comuna te quiera venir a encarajinar el proceso metiendo montones de excepciones de incompetencia para que eso tramite por el fuero contencioso-pedorro de ellos donde siempre ganan ellos y donde los plazos son para que todo camine a paso de tortuga
 #1140950  por leandroM
 
flux escribió:Buscalo en google como "responsabilidad del frentista" o en la pagina http://www.diariojudicial.com con esa misma frase o en este foro de igual manera

Hay varios fallos sobre el tema, podes elegir si demandar al consorcio y a la comuna o al consorcio solo o a la comuna sola

Una opinion mia seria que solo demandes al consorcio..., hay solvencia asegurada y te vas a ahorrar que la comuna te quiera venir a encarajinar el proceso metiendo montones de excepciones de incompetencia para que eso tramite por el fuero contencioso-pedorro de ellos donde siempre ganan ellos y donde los plazos son para que todo camine a paso de tortuga
Muchas gracias colega!
 #1159448  por flux
 
En teoria a nivel municipal solo dos tipos de baldosas estan permitidas segun creo me contaron (no lo confirme), la clasica que es color crema y que tiene como canaletas en lineas o cuadriculadas, y el baldoson de piedra con aristas. Todo lo demas puede ser objeto de reclamo
 #1160166  por leandroM
 
Gracias por responder. En el caso las baldosas son las clásicas de granito. Que perito ofrezco como prueba? Otro tema: según mi cliente, la vereda, además de tener las baldosas lisas, había sido encerada previamente por la portera del consorcio. Cómo lo pruebo? GRacias
 #1163164  por matutemorais
 
Hola, yo hice uno en civil de capital federal, demandamos al consorcio y a la muni, despues de 4 o 5 años la muni nos pagó.... Si tenes paciencia dale para adelante y preocupate por un buen informe pericial que hable de lo peligroso de la vereda. Saludos.
 #1164776  por leandroM
 
matutemorais escribió:Hola, yo hice uno en civil de capital federal, demandamos al consorcio y a la muni, despues de 4 o 5 años la muni nos pagó.... Si tenes paciencia dale para adelante y preocupate por un buen informe pericial que hable de lo peligroso de la vereda. Saludos.
Hola. Gracias por responder. Me podrías pasar carátula para ver la sentencia? qué tipo de perito se pide? la demanda la tenés? Gracias.
 #1166418  por Angel83
 
Buenas tuve un caso similar sólo hice una demanda contra el consorcio y pagaron en 360; como t dijeron arriba si vas contra la municipalidad t van a oponer excepciones y tienen plazos de 60 días p contestar demanda larguisimo
 #1166454  por leandroM
 
Angel83 escribió:Buenas tuve un caso similar sólo hice una demanda contra el consorcio y pagaron en 360; como t dijeron arriba si vas contra la municipalidad t van a oponer excepciones y tienen plazos de 60 días p contestar demanda larguisimo
Gracias. En qué te fundaste?
 #1166601  por leandroM
 
Angel83 escribió:Código edificación de la c.a.b.a dice q las baldosas deben ser antideslizantes y tbn fija la responsabilidad del frentistas de realizarla y conservarla
..
Gracias