Hola colegas. Se trata de una prueba anticipada que tramita en la Justicia Civil de Capital Federal. Me llegó el traslado del pedido de caducidad de la contraria. En el curso hubo un cambio de patrocinio letrado, el que fue debidamente notificado mediante cédula, tal como ordenó el Juez. ¿Dicho acto es interruptivo? Yo entiendo que si porque el patrocinio (ante la renuncia del anterior colega) es un acto necesario para la prosecución de la causa. Pero quiero consultar qué opinan ustedes ¡¡¡Gracias por la ayuda!!!
Entiendo que no, para mi no impulsa el proceso (alguna vez vi un fallo en tal sentido) si lo encuentro lo subo.
Por ahí habría que ver como decretó el juez que hagas la notificación del cambio de patrocinio