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  • Falta denuncia fallecimiento

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1166879  por Andres1968
 
Hola:
Esta es mi inquietud.
Si una persona "A" demanda a " B " por un despido injustificado y a los pocos días que salga la sentencia definitiva fallece "A", saliendo este ganador del Juicio. La duda que me surge es que el abogado y apoderado de "A" no denuncia en el juzgado el fallecimiento :shock: , librándose el giro a la orden de "A", por la suma de ..., en concepto de capital proveniente de crédito laboral, debiendo acompañar fotocopia de DNI y de CUIL de "A" al momento de retiro del giro. Suponiendo que por razones de cobro el abogado y apoderado de "A" no hizo la denuncia para hacer efectivo el cobro, arreglando esto de palabra con la ex concubina de "A". En caso de ser esto cierto ¿Es un delito? :roll:
Desde ya muchas Gracias
 #1166953  por caro4457
 
Pero el giro sólo lo puede retirar el interesado, no te lo van a dar a vos como apoderado y si te lo dan y vos no denunciaste el fallecimiento chau capaz... es un delito. Pero para cobrar lo tuyo no tendrías problema. la parte demandada te va a pagar tus honorarios y me imagino que tendra un acuerdo por honorarios que estara homologado habiendo llegado a sentencia me imagino, con lo cual se ejecuta antes de denunciar el fallecimiento y chau chau que cobre la viuda en la sucesión.