Hola colegas, tengo una duda, si los declarados herederos deciden la venta del bien por tracto y aun no cuentan con un Escribano para denunciar sus datos en el expediente, ¿como hay que hacer al solicitar la inscripción de la declaratoria por tracto abreviado?
¿Es requisito denunciar los datos del Escribano, o se puede hacer luego?
Porque según mis conocimientos en la materia, el que elige el Escribano de su confianza es el comprador y no el vendedor o los vendedores en este caso.
Si ya dieron a una inmobiliaria el bien para su venta, tienen que mencionar en el expediente los datos de la inmobiliaria o no es necesario?
Se que luego de la DH, hay que denunciar el bien para determinar el pago de tasa de justicia, presentar los certificados de inhibición del causante, de dominio, de libre deuda, la Escritura hay que presentar con este escrito?
Si me pasan los pasos a seguir detallados se los voy a a gradecer, es mi primer sucesión con acervo siempre me toco solicitar la declaratoria lisa y llana y sin bienes que denunciar.
Muchas gracias por la evacuación de dudas que me puedan aportar al respecto.
¿Es requisito denunciar los datos del Escribano, o se puede hacer luego?
Porque según mis conocimientos en la materia, el que elige el Escribano de su confianza es el comprador y no el vendedor o los vendedores en este caso.
Si ya dieron a una inmobiliaria el bien para su venta, tienen que mencionar en el expediente los datos de la inmobiliaria o no es necesario?
Se que luego de la DH, hay que denunciar el bien para determinar el pago de tasa de justicia, presentar los certificados de inhibición del causante, de dominio, de libre deuda, la Escritura hay que presentar con este escrito?
Si me pasan los pasos a seguir detallados se los voy a a gradecer, es mi primer sucesión con acervo siempre me toco solicitar la declaratoria lisa y llana y sin bienes que denunciar.
Muchas gracias por la evacuación de dudas que me puedan aportar al respecto.