Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • PENSION DIRECTA MONOTRIBUTO SOCIAL

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1167692  por miguel19790
 
buenas noches a todos, queria consultar si alguien sabe de alguna circular que prohiba obtener la pension directa como aportante regular con derecho, a la viuda de un monostributista social ( el fallecido pagó al dia el monotributo social los ultimos 40 meses),lamentablemente murio en un accidente de transito.-Saludos
 #1168206  por vir1
 
Tengo entendido que no habría problema que le presentes la pensión con el monot social. Igual espera otras opiniones
 #1168215  por MARIO1943
 
vir1 escribió:Tengo entendido que no habría problema que le presentes la pensión con el monot social. Igual espera otras opiniones
COINCIDO, PODES SOLICITAR LA P.D.
 #1168475  por fernandez rocio
 
buenas tardes colegas consulto con respecto al monotributo social, una señora me consulto para jubilarse ,,,se puede pasar de monotributo categoría B a monotributo social, asi paga menos ....Gracias
 #1169305  por MARIO1943
 
fernandez rocio escribió:No Mario , me tendre que poner a estudiar....
JAJAJA Y COMO DECIS QUE NO CREES QUE REUNA LOS REQUISITOS
El Monotributo Social está principalmente destinado a:

Personas que realizan una única actividad económica productiva, comercial o de servicios.
Proyectos productivos de hasta tres integrantes.
Cooperativas de trabajo con un mínimo de seis asociados.



En los tres casos, los emprendedores deberán cumplir con las siguientes condiciones:

Desarrollar una actividad económica independiente.
Estar en situación de vulnerabilidad social (consultá cuáles son las condiciones que determinan dicha situación).
Tener un ingreso anual que no supere los $72.000.
Ser propietario de hasta un (1) bien inmueble.
Ser propietario de hasta tres (3) bienes muebles registrables: hasta un máximo de 2 automóviles (uno con más de 3 años de antigüedad y un segundo automóvil exento del pago de impuestos o afectado al emprendimiento) o hasta un máximo de 3 moto vehículos.
No podrán ser profesionales universitarios y solicitar su incorporación para ejercer su profesión.
No podrán ser empleador ni empleado en relación de dependencia permanente (están exceptuados quienes se encuentren en situación de trabajo temporario por un plazo máximo de 6 meses).
Tener ingresos procedentes sólo de la actividad económica declarada. Se encuentran eximidos de este requisito, las personas que perciben programas de inclusión social, pensiones no contributivas, jubilaciones o pensiones que no superen el haber previsional mínimo, Asignación Universal por Hijo/a y Asignación por Embarazo.