Buenas. Soy nueva en la página. Tengo una consulta sobre particion privada en Pcia. de Buenos Aires. El tema es que hay dos expedientes en distintos juzgados (Juan en juzgado 1 y María -su cónyuge posteriormente fallecida- en Juzgado 2). El abogado anterior no solicitó acumulación de expedientes y ahora ya no me dejan acumularlos. Quiero hacer un convenio privado de partición..Uds creen que deba pedir una partición parcial en un expediente y luego, una vez aprobada, ir al otro juzgado con ese convenio aprobado y presentar otro por el porcentaje restante???? Los bienes son los mismos en ambos expedientes y los herederos son dos hijos (pero en la sucesión de juan tambien es heredera maria que en ese momento estaba viva)...
Gracias y saludos

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