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  • DENEGATORIA POR FALTA DE PODER DE BANCO PARA COBRAR

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1168609  por benfer
 
Hola colegas, estoy sorprendidisimo con un caso de una jubilacion de un sr. que tiene el domicilio en el exterior. Una vez que presentamos toda la documentación que pudo probar que vivió en nuestro país, la UDAI nos citò para que designasemos como apoderado a un banco para que transfiera el dinero al exterior. Presentè un escrito diciendo que el Sr. podia venir a cobrar todos los meses acá, no pensando que eso podría traer alguna complicación.
Sin embargo cuando fue a liquidacion, lo denegaron por no haber presentado poder de banco para que haga la transferencia. Me dijeron en UDAI que presente una reapertura acompañando dicho poder. Pero he aqui que ningun banco (averigüé en todas las casas centrales) se hace apoderado sino hay un BENEFICIO YA ACORDADO. Es decir que todos me dicen que una vez que tenga la jubilacion otorgada pueden hacer los poderes para nombrarlos apoderado y transferir el dinero en el exterior.
Volvi a hablar con la coordinadora y me dice que sin ese poder EL TRAMITE SE VA A VOLVER A DENEGAR. ¿Que harian Uds? Realmente me parece excesiva la denegatoria pero el problema ahora es que lo que piden no lo puedo cumplir. (hable con banco piano casa central, jubilaciones al exterior, banco nacion casa central, banco patagonia. Ninguno permite que se los nombre apoderado sin nro de beneficio (lo cual tiene logica).
 #1168627  por dani64
 
Tenes que presentar por triplicado el poder que te envie tu cliente firmado donde dice designa a banco y colocra Banco de la Nacion Argentina.
Ademas te tiene que enviar el comprobante de una cuenta abierta a su nombre en el exterior.
Una vez presentado en anses. Con el beneficio acordado vas al banco nacion de av de mayo, sector jubilaciones al exterior y presentas todo.
 #1168680  por benfer
 
Hola Dani, si, te entiendo, pero aparentemente tengo que llevar ese poder ya firmado y sellado por el Banco (y el banco no lo hace sin nro. de beneficio); el cliente esta en argentina ahora. Pero ya que no me queda otra -porque es la palabra de uno contra la del otro- puedo hacer lo que decis , voy con el titular a la UDAI para que me certifiquen las firmas del poder para percibir (las dos firmas donde dice "poderdante" creeria); y solamente completo abajo donde dice "otorga poder para percibir al banco....." (y no completo nada en los datos del apoderado (parte del medio del acta poder).
¿sera que si el banco ve que el acta poder esta firmado por el consulado ahi si me selle el poder? (obvio que no tiene logica)
 #1169068  por concepcionarenal
 
Hola, a mí me ocurrió algo similar. Anses me citó para que presentara el formulario Carta Poder por triplicado. Así lo hice y luego me citó nuevamente para que los llevara al Banco Nación. El banco se negó a firmarlos alegando que no había un beneficio acordado. Volví a la Udai y expliqué la situación. Me solicitaron que presente nuevamente el formulario, dado que su plazo de vigencia había caducado. Presenté otra vez los formularios exigidos, con la sorpresa de que el trámite había sido denegado por no haber cumplido con la presentación de las Cartas Poder. Ni siquiera respetaron la prórroga solicitada para cumplir con la exigencia de la udai. Ahora debo hacer una reapertura. Me parece que deberían acordar el beneficio y luego solicitar que se acompañe esa documentación.
 #1169247  por benfer
 
concepcionarenal escribió:Hola, a mí me ocurrió algo similar. Anses me citó para que presentara el formulario Carta Poder por triplicado. Así lo hice y luego me citó nuevamente para que los llevara al Banco Nación. El banco se negó a firmarlos alegando que no había un beneficio acordado. Volví a la Udai y expliqué la situación. Me solicitaron que presente nuevamente el formulario, dado que su plazo de vigencia había caducado. Presenté otra vez los formularios exigidos, con la sorpresa de que el trámite había sido denegado por no haber cumplido con la presentación de las Cartas Poder. Ni siquiera respetaron la prórroga solicitada para cumplir con la exigencia de la udai. Ahora debo hacer una reapertura. Me parece que deberían acordar el beneficio y luego solicitar que se acompañe esa documentación.

Uhh, estamos en la misma, te puedo preguntar en que UDAI te paso??
 #1169248  por benfer
 
concepcionarenal escribió:Hola, a mí me ocurrió algo similar. Anses me citó para que presentara el formulario Carta Poder por triplicado. Así lo hice y luego me citó nuevamente para que los llevara al Banco Nación. El banco se negó a firmarlos alegando que no había un beneficio acordado. Volví a la Udai y expliqué la situación. Me solicitaron que presente nuevamente el formulario, dado que su plazo de vigencia había caducado. Presenté otra vez los formularios exigidos, con la sorpresa de que el trámite había sido denegado por no haber cumplido con la presentación de las Cartas Poder. Ni siquiera respetaron la prórroga solicitada para cumplir con la exigencia de la udai. Ahora debo hacer una reapertura. Me parece que deberían acordar el beneficio y luego solicitar que se acompañe esa documentación.

Vos sabes que pregunte en casi todos los bancos y ninguno firma el acta poder hasta que no haya nro de beneficio , lo cual me parece logico, ¿que pensas hacer? (porque llegue a pensar que estaba entendiendo mal y pensaba solo acompañar las 3 actas poder designando un banco sin que me lo selle el banco.... pero si a vos te paso lo mismo esta bien claro lo que estan pidiendo. El poder debe estar aceptado y sellado por el banco. Cosa que quizas algun vez se pudo hacer pero ya no lo hacen
 #1169263  por Mer1984
 
Me parece que acá el error estuvo en la UDAI. Recuerdo el caso que tuve de beneficiario en el exterior y el expediente quedó justamente en estado de "pre-acordado" de modo que yo pudiera tomar nota del número de beneficio, cumplir con la certificación de firma y sellado del Banco Nación y luego llevar todo a la UDAI para que el trámite terminara de salir.
Yo lo inicié en la UDAI de Lomas de Zamora y me trataron muy bien. No sé que decirte...
 #1169271  por dani64
 
No es así. El poder debe estar firmado por el señor designando el banco para percibir los haberes. Ademas de acompañar la constancia de la cuenta bancaria en el exterior donde se le transferirá el haber.
Una vez acordado el tramite, Anses envía la documentación al Banco Nación Casa Central, Sector Jubilaciones al Exterior.
Hice mas de cinco jubilaciones en udai Flores.
 #1169730  por concepcionarenal
 
benfer escribió:
concepcionarenal escribió:Hola, a mí me ocurrió algo similar. Anses me citó para que presentara el formulario Carta Poder por triplicado. Así lo hice y luego me citó nuevamente para que los llevara al Banco Nación. El banco se negó a firmarlos alegando que no había un beneficio acordado. Volví a la Udai y expliqué la situación. Me solicitaron que presente nuevamente el formulario, dado que su plazo de vigencia había caducado. Presenté otra vez los formularios exigidos, con la sorpresa de que el trámite había sido denegado por no haber cumplido con la presentación de las Cartas Poder. Ni siquiera respetaron la prórroga solicitada para cumplir con la exigencia de la udai. Ahora debo hacer una reapertura. Me parece que deberían acordar el beneficio y luego solicitar que se acompañe esa documentación.

Uhh, estamos en la misma, te puedo preguntar en que UDAI te paso??
Disculpá la demora. Me pasó en Udai Floresta.