Ratifico a Tuiti en su posición, aunque debiera aclarar que "La legítima de ascendientes y del cónyuge es de un medio (1/2) en cada caso. (Art. 2445, párrafo primero). En este caso como no se acumulan las cuotas de legítima, corresponde tomar como cuota disponible un medio (1/2) ya que al estar equiparadas no corresponde hacer referencia a la cuota mayor. (Arg. Art. 2446 segundo párrafo).
A su vez el artículo 2434 del Código Civil y Comercial establece para este supuesto de concurrencia: “Si heredan los ascendientes, al cónyuge le corresponde la mitad de la
herencia”.
En los bienes gananciales, siempre, se entiende que, a la herencia, sólo entran los gananciales del causante, de los cuales la legítima, tanto del cónyuge, como de los ascendientes, será un medio.
En los propios, la cónyuge tendrá un medio y los ascendientes del causante el otro medio por lo que, el testador, podría disponer de un medio, al no acumularse las cuotas.
Entendería que, la porción disponible de un tercio, sólo deviene de la legítima de los descendientes que lo es de 2/3: Art. 2445.- Porciones legítimas. La porción legítima de los descendientes es de dos tercios...", por la cual restaría como porción disponible el tercio restante. ¿O no es así"
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