Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Pericial psicológica Pcia de Buenos Aires

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1169282  por DRABETI
 
Estimados foristas: En una causa de reintegro el niño de 10 años tiene entrevista con la psicóloga del juzgado. En el apartado conclusión y sugerencias la psicóloga afirma "se debe destacar que el Sr. xxxxxxx no se encuentra impidiendo el vínculo de su hijo con su familia materna, sin embargo respeta la decisión de xxxxx de no vincularse en la actualidad con su madre." Dos cosas: En primer lugar por qué la psicologa afirma semejante cosa sin saberla, es decir, ella podrías destacar que el SR. xxx manifiesta tal o cual cosa pero que no impide el vínculo es algo que ella no tiene comprobado como para afirmarlo y mucho menos destacarlo. En segundo lugar en la entrevista con el niño no se lle en ninguna parte que que niño no desea vincularse con la madre. En dicha entrevista, que consta de 10 renglones, se utilizan 5 para hablar de la nueva pareja de la mamá. La madre aun no fue entrevistada. Lo que quiero saber es en estos casos se puede impugnar la pericia o utilizar algún otro medio para reprocharla? Gracias.
 #1169471  por Pedro1988
 
Por lo menos en mi jurisdicción de los informes - resultados de las pericias se corre traslado a las partes por cinco días, dentro de dicho plazo formulan sus impugnaciones las cuales nuevamente se corren traslado a los peritos para que efectúen sus aclaraciones.
 #1169848  por Tuiti
 
Disculpen pero no estoy de acuerdo.
Salvo las pericias en causa laboral, en otras causas no pueden impugnarse. Yo les pregunto ¿En qué art. del CPCyCPBA está esa facultad ?
Es el riesgo que se corre al pedir una pericia, que nos salga de punta, por eso hay que tener muchísimo cuidado en como se arman los puntos de la misma.
Como nosotros - abogados - no sabemos nada de psicología, ingeniería, contabilidad y la rama que quieran, pedimos pericia para que nos auxilien a nosotros y al juez.
Entonces ¿ de golpe cuando el resultado no nos gusta, tenemos los conocimientos necesarios como para decir " Sr. Juez, impugno, fulano se equivoca al decir ........"?
Lo peor del caso es que muchos jueces hacen lugar a la impugnación.
Lo que podemos pedir es ampliación o explicaciones al perito, nada más.
DRABETI, en tu caso te convendría que le dieran curso a la impugnación; pero como abogados cada vez que la contraparte nos impugne nuestra pericia de parte ( sobre todo si nos fue favorable ) debemos saltar con los tapones de punta.
 #1169860  por EstebanM7
 
Las pericias en provincia de Buenos Aires no de impugnan, pero se puede pedir explicaciones. Que a la sazón es casi igual. Salvó error muy grosero el perito puede ampliar pero no cambiar su dictamen
 #1169867  por Pedro1988
 
En mi provincia se pueden impugnar, pedir ampliaciones, aclaraciones, etc. Por eso aclaré que por lo menos en mi jurisdicción es posible.
 #1169903  por Tuiti
 
Pedro1988 escribió:En mi provincia se pueden impugnar, pedir ampliaciones, aclaraciones, etc. Por eso aclaré que por lo menos en mi jurisdicción es posible.
Ayyyyyyyyyyyy Pedro, no quise dar una clase !!! Juro que entendí que vos y DRABETI hablaban de Pcia de Bs As . Y eso que leí dos veces antes de contestar justo por ése tema ! :roll:
EstebanM7 escribió:Las pericias en provincia de Buenos Aires no de impugnan, pero se puede pedir explicaciones. Que a la sazón es casi igual. Salvó error muy grosero el perito puede ampliar pero no cambiar su dictamen
Coincidimos, si el resultado te fue desfavorable lo seguirá siendo con otros matices pero no será nunca favorable salvo que el juez desestime la pericia.