Hola Daniela.
No tengo modelos de demanda.
Busca en el foro, se que había modelos por regularidad de aportes, me imagino que te referis a la proporcionalidad del fallo Pintos.-
Respecto a la separación de hecho, nos das muy poca información para opinar
Si estaban juntos o no al momento del fallecimiento es una cuestión de prueba, no jurídica.-
Si efectivamente estaban separados, hay muchas posibilidades.-
Hay que ver cuando murió, si es con el Cód. Civil de Velez o el de Lorenzetti.-
Entiendo que la ley 24241 habla de cónyuge inocente y el nuevo CCyC no hace referencia a la culpa.-
Si ella cobraba alimentos por ella (no por los hijos), no deberías discutir más, por la presunción de inocencia.-
Si murió con el viejo Código y tenes que acreditar la inocencia de tu cliente en la separación, fijate si tenes exposiciones policiales de abandono de hogar, o de que la golpeaba, puede tener una sentencia de exclusión del hogar conyugal, o puede haber sido padre dentro de los siete meses de la separación, lo que acreditaría el adulterio, etc.
Si murió con el nuevo Código, es todo un tema, pues no hay culpables ni inocentes, igual trataría de probar la inocencia, pues en mi humilde opinión, todos los separados de hecho perderían el carácter de derechohabiente.-
Espero te sirva mi opinión, y que otros foristas más autorizados te guíen mejor.-
Besos