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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1168571  por marcossargento
 
DNYP-07-02/17 - ANSeS
Reparación histórica. Procedimiento general. Suscripción presencial del acuerdo con firma ológrafa. Circuito provisorio hasta que se implemente la aplicación.
Vigencia: 04/01/2017


I. Objetivo
Establecer el procedimiento que deberán llevar a cabo las Unidades de Atención Integral para la aceptación del Acuerdo de Reparación Histórica con firma ológrafa.


II. Alcance
Esta norma de procedimiento comprende el circuito de Aceptación del Acuerdo con firma ológrafa para exentos de huella y menores de 18 años de edad, desde la presentación por parte del Titular/Representante Legal y/o su Abogado, la firma del Acuerdo hasta la caratulación de la actuación administrativa y reserva del expediente.


III. Consideraciones Generales
1. Este proceso se encuentra enmarcado en el Anexo l, Punto F de la Resolución D.E. N° 305/2016 y Artículos 4 y 5 de la Resolución D.E. N° 306/2016.

2. Solo podrán aceptar el acuerdo con la firma ológrafa, los Titulares/Representantes Legales o Abogados con condición de exentos de registro de huella digital. Se considerará exento a:


Aquellos que se encuentren comprendidos en los lineamientos que establece el procedimiento DNYP-06-01:
Imposibilidad física/huella ilegible
Imposibilidad de movilización o traslado
Internación en instituciones/residencias de adultos mayores ??Internación médica hospitalaria
Internación médica domiciliaria
Reposo domiciliario
Privación de la libertad
Aquellos que presenten las siguientes características:
Menores de 18 años
Curados con relación de curatela registrada en ADP
Residentes en el Exterior
3. En caso que el Titular se encuentre exento por una causal que le impida presentarse en la UDAI, podrá suscribir el acuerdo de las siguientes formas:

Ante un Escribano Público quien certificará la firma del Titular.
Por medio de un Apoderado.
En ambos casos, el Abogado debe firmar el Acuerdo en la UDAI ante el un funcionario del Organismo.
4. Cualquier Escribano Público podrá realizar la certificación de la firma del Titular que presente imposibilidad de presentarse en la UDAI. Solo aquellos Escribanos adheridos al Programa de Reparacion Historica que se encuentren en el listado publicado en la Página Web de ANSES no tendrán costo alguno para el Titular.

5. El Procedimiento General de Reparación Histórica, tiene tres etapas:


- Por parte del Titular: La aceptación de los Términos y Condiciones del Acuerdo y la designación de un abogado, con Clave de la Seguridad Social a través de Mi ANSES.
- Por parte del Abogado: La aceptación de la designación realizada por el Titular y de los términos y condiciones del Acuerdo, con Clave de la Seguridad Social a través de Mi ANSES, momento en el cual se le otorgará el turno.

- La firma del Acuerdo tanto por el Titular/Representante Legal/ Apoderado con Poder Especial y del Abogado.

6. A fin de lograr un mejor entendimiento se dividen los procedimientos de acuerdo a quienes son los actores que se presenten en las Unidades de Atención el día del turno:

A) Procedimiento para la presentación del Titular y Abogado.
B) Procedimiento para la presentación del Representante Legal (en caso de Incapaces: Menores de 18 años y Curados) y del Abogado

C) Procedimiento para la presentación del Apoderado/Abogado con Poder Especial

D) Procedimiento para la presentación del Abogado con posterior firma ante Escribano Publico.

E) Procedimiento para la presentación de casos de Titulares Residentes en el Exterior

F) Residentes en el exterior con apoderado cuyo poder especial para Reparación Histórica fue extendido en el país.

7. En caso que el Titular presente una de las siguientes situaciones: no vidente, analfabeto, imposibilidad de firmar por impedimento físico en sus extremidades superiores, la suscripción del Acuerdo deberá realizarse mediante Escribano Publico quien acredite tal condición.
8. Están habilitados para firmar el Acuerdo en representación del Titular, solo quienes tengan Poder especial emitido para tal fin (y acrediten la imposibilidad para concurrir por parte del titular) o quienes sean sus representantes legales (Tutores, Curadores, Padres de menores de edad).

El representante legal o apoderado deberá presentarse el día del turno con el Poder especial o la documentación que acredite la relación de representación invocada.

En el caso del Poder el operador de la UDAI deberá analizar que el mismo sea válido.

En caso de que el operador tenga dudas respecto de la validez de los documentos presentados, podrá consultar al Servicio Jurídico.

9. La designación del Abogado y la aceptación por parte de éste en el aplicativo web disponible en Mi ANSES/Reparación Histórica mediante el uso de la Clave de la Seguridad Social, implica la autorización para la presentación del trámite de Reparación Histórica en la UDAI, sin necesidad de pedir otra documentación.

10. En caso que el Titular sea Abogado con Matrícula Federal habilitante vigente, podrá representarse a sí mismo y suscribir el acuerdo.

11. La aplicación de Reparación Histórica caratulará automáticamente un expediente bajo tipo de trámite 404 al momento de la aceptación de los Términos y Condiciones. (El Titular podrá hacer seguimiento del expediente desde la aplicación “Seguimiento de expedientes” disponible en la web ANSES mediante la clave de seguridad social)

12. En aquellos casos donde se manifieste que el Titular o un integrante de su grupo familiar padezcan una enfermedad terminal grave se deberá proceder de acuerdo a lo establecido en la Circular DP N° 32/16 o la que en el futuro la reemplace.


IV. Detalle de Tareas
A) Procedimiento para la presentación del Titular y Abogado

Operador

1. Recibe al Titular y su Abogado el día del turno otorgado.

2. Verifica la identidad de ambos de acuerdo a la normativa vigente.

3. Verifica si alguno de los dos se encuentran exentos del Programa MI HUELLA ingresando a ADP - Exenciones Biométricas.


3.1 Si ninguno de los dos se encuentran exentos, verifica si se encuentran en condiciones de utilizar sus huellas digitales:

3.1.1 Si se encuentran en condiciones, realiza el enrolamiento de acuerdo a lo establecido en el MAUS-57-02 “Sistema de Identificación Biométrica - Programa MI HUELLA” y continúa con el proceso de suscripción automática descripto en la Norma de Procedimiento DNYP-07-01 “Reparación Histórica - Procedimiento General Suscripción Presencial del Acuerdo con huella".
3.1.2 Si alguno de los dos no se encuentra en condiciones de utilizar sus huellas digitales, realiza la carga de la exención correspondiente de acuerdo a la norma de procedimiento DNYP-06-01 “Solicitud de Exención de Registro Biométrico - Programa MI HUELLA” y continúa en punto 4.

3.2 Si alguno de los dos se encuentra registrado como exento del Programa MI HUELLA, continúa en punto 4.
4. Verifica que se haya realizado el inicio del trámite desde Mi ANSES/Reparacion Historica:

4.1 Si no se ha realizado el inicio del trámite, informa que debe realizarlo y finaliza la atención.
4.2 Si se ha realizado, continúa.

5. Imprime el Acuerdo por duplicado y lo entrega a los presentes.
6. Solicita la firma ológrafa de ambos en el Acuerdo.

7. Certifica las firmas que fueron realizadas en su presencia.

8. Entrega una de las copias como constancia.

9. Informa que el Acuerdo será remitido al Poder Judicial de la Nación electrónicamente y que podrá verificar el estado de su trámite consultando el número de expediente que figura en el Acuerdo ingresando en la página Web de ANSES en la opción Consulta de Expedientes finalizando la gestión del trámite.

10. Caratula en forma manual en ANME un expediente bajo tipo de trámite 274 a fines de la guarda documental.

11. Imprime la caratula y adjunta el original del Acuerdo firmado y lo reserva hasta tanto se encuentre disponible la aplicación de Reparacion Historica que permite el escaneo y firma digital del Acuerdo.

B) Procedimiento para la presentación del Representante Legal (en caso de Incapaces: Menores de 18 años y Curados) y del Abogado

Operador

1. Recibe al Representante Legal y su Abogado el día del turno otorgado.

2. Verifica la identidad de ambos de acuerdo a la normativa vigente.

3. Solicita en todos los casos la documentación que acredite la relación y/o el vínculo conforme la normativa vigente de ADP, y verifica que se encuentre registrada en ADP.


3.1.1 Si está registrada, continúa.
3.1.2 Si no está registrada, la registra de acuerdo a la normativa vigente y continúa.

4. Verifica si se ha realizado el inicio del trámite desde Mi ANSES/Reparacion Historica.

4.1 Si se ha realizado, solo en los caso de Titulares menores de 18 años, el Representante Legal deberá firmar la DDJJ Representante Legal (Anexo I). Continúa en punto 5.
4.2 Si no se ha realizado, informa que debe realizarlo y finaliza la atención.

4.3 Reserva la DDJJ para adjuntarla al expediente administrativo.

5. Imprime el Acuerdo por duplicado y lo entrega a los presentes.
6. Solicita la firma ológrafa de ambos en el Acuerdo.

7. Certifica las firmas que fueron realizadas en su presencia.

8. Entrega una de las copias como constancia.

9. Informa que el Acuerdo será remitido al Poder Judicial de la Nación electrónicamente y que podrá verificar el estado de su trámite consultando el número de expediente que figura en el Acuerdo ingresando en la página Web de ANSES en la opción Consulta de Expedientes finalizando la gestión del trámite.

10. Caratula en forma manual en ANME un expediente bajo tipo de trámite 274 a fines de la guarda documental.

11. Imprime la caratula y adjunta el original del Acuerdo firmado, documentación que acredita la Representación Legal y DDJJ, de corresponder, y lo reserva hasta tanto se encuentre disponible la aplicación de Reparacion Historica que permite el escaneo y firma digital del Acuerdo.

C) Procedimiento para la presentación del Apoderado/Abogado con Poder Especial

Operador

1. Recibe al Abogado el día del turno otorgado.

2. Verifica la identidad de acuerdo a la normativa vigente.

3. Verifica si el titular se encuentra exento del Programa MI HUELLA ingresando a ADPExenciones Biométricas


3.1 Si el titular no tiene registrada la exención, solicita al Abogado la documentación que acredite la exención de acuerdo a lo establecido en la Norma de Procedimiento DNYP-06-01 “Solicitud de Exención de Registro Biométrico - Programa MI HUELLA” y la carga. Continúa en el punto 4.
3.2 Si el titular tiene registrada la exención, continúa.

4. Verifica que el Poder sea válido:

4.1 En caso de que el Poder Especial no sea válido, informa esta situación y finaliza el trámite.
4.2 En caso de que el Poder sea válido, verifica si se ha realizado el inicio del trámite desde Mi ANSES/Reparacion Historica:


4.2.1 Si se ha realizado el inicio del trámite, continúa en punto 5.
4.2.2 Si no se ha realizado el inicio del trámite, informa que debe realizarlo y finaliza la atención.

5. Ingresa a ADP con el CUIL del Titular y selecciona la opción “Reparación Histórica”, de acuerdo a lo detallado en el Manual de Usuario correspondiente.
6. Imprime el Acuerdo por duplicado y lo entrega a los presentes.

7. Solicita la firma ológrafa en el Acuerdo.

8. Certifica la firma que fue realizada en su presencia.

9. Entrega una de las copias como constancia.

10. Informa que el Acuerdo será remitido al Poder Judicial de la Nación electrónicamente y que podrá verificar el estado de su trámite consultando el número de expediente que figura en el Acuerdo ingresando en la página Web de ANSES en la opción Consulta de Expedientes finalizando la gestión del trámite.

11. Caratula en ANME un expediente bajo tipo de trámite 274, a los fines de la guarda documental.

12. Imprime la caratula y adjunta el original del Acuerdo firmado, Poder Especial y lo reserva hasta tanto se encuentre disponible la aplicación de Reparacion Historica que permite el escaneo y firma digital del Acuerdo.

D) Procedimiento para la presentación del Abogado para posterior firma ante Escribano Publico

Operador

1. Recibe al Abogado el día del turno otorgado.

2. Verifica la identidad de acuerdo a la normativa vigente.

3. Verifica si el titular se encuentra exento del Programa MI HUELLA ingresando a ADPExenciones Biométricas


3.1 Si el titular no tiene registrada la exención, solita al Abogado la documentación que acredite la exención de acuerdo a lo establecido en la Norma de Procedimiento DNYP-06-01 “Solicitud de Exención de Registro Biométrico - Programa MI HUELLA” y la carga, continúa en el punto 4
3.2 Si el titular tiene registrada la exención, continúa

4. Verifica si se ha realizado el inicio del trámite desde Mi ANSES/Reparacion Historica:

4.1 Si se ha realizado, continúa en punto 6.
4.2 Si no se ha realizado, informa que debe realizarlo y finaliza la atención.

5. Imprime el Acuerdo, firma y coloca sello aclaratorio en cada una de las hojas y lo entrega al Abogado.
6. Otorga turno para que vuelva con el Acuerdo firmado por el Titular y con la firma certificada por Escribano Público, ingresando en la página Web de ANSES en la solapa informativa de Reparación Histórica.

7. Cuando se presente el abogado con el Acuerdo firmado por el Titular, solicita que el abogado firme el acuerdo.

8. Certifica la firma que fue realizada en su presencia.

9. Realiza copia y entrega como constancia de firma del acuerdo.

10. Informa que el Acuerdo será remitido al Poder Judicial de la Nación electrónicamente y que podrá verificar el estado de su trámite consultando el número de expediente que figura en el Acuerdo ingresando en la página Web de ANSES en la opción Consulta de Expedientes finalizando la gestión del trámite.

11. Caratula en ANME un expediente bajo tipo de trámite 274, a los fines de la guarda documental.

12. Adjunta el original del Acuerdo firmado y lo reserva hasta tanto se encuentre disponible la aplicación de Reparacion Historica que permite el escaneo y firma digital del Acuerdo.

E) Procedimiento para la presentación de casos de Titulares Residentes en el Exterior

El Titular deberá realizar la aceptación de los términos y condiciones y la asignación del abogado en la página web de ANSES/ Mi ANSeS/Reparación Histórica, ingresando con Clave de Seguridad Social.

En caso de que el Titular se encuentre momentáneamente en el País, deberá proceder conforme lo dispuesto en el Apartado A -Procedimiento para la presentación del Titular y Abogado- de la presente Norma.

En caso de que el Titular se encuentre en el exterior:

Operador

1. Recibe al Abogado el día del turno otorgado.

2. Verifica la identidad de acuerdo a la normativa vigente.

3. Verifica si se ha realizado el inicio del trámite desde Mi ANSES/Reparacion Historica:


3.1 Si se ha realizado, continúa en punto 4.
3.2 Si no se ha realizado, informa la situación al abogado y da por finalizada la atención.

4. Verifica que el Titular tenga acreditado en ADP el domicilio en el extranjero.

4.1 De estar acreditado, continúa en punto 5.
4.2 De no estar acreditado, informa al abogado que deberá acreditarlo conforme el procedimiento vigente.

5. Imprime el acuerdo, el cual firma y coloca sello aclaratorio en cada una de las hojas para hacer entrega al Abogado. El Titular deberá firmar el Convenio ante funcionario del Consulado del país de residencia, quien deberá certificar la firma.
6. Cuando se presente el abogado con el Acuerdo firmado por el Titular, verifica la certificación, las cuales pueden realizarse mediante certificación consular o bien, por el sistema simplificado de apostillas:


6.1 De encontrarse correctamente certificado, solicita que el Abogado firme el Acuerdo en el espacio correspondiente.
6.2 De no encontrarse correctamente certificado, informa la situación y da por finalizada la atención.

7. Certifica la firma que fue realizada en su presencia.
8. Realiza copia y entrega como constancia de firma del acuerdo.

9. Informa que el Acuerdo será remitido al Poder Judicial de la Nación electrónicamente y que podrá verificar el estado de su trámite consultando el número de expediente que figura en el Acuerdo ingresando en la página Web de ANSES en la opción Consulta de Expedientes finalizando la gestión del trámite.

10. Caratula en ANME un expediente bajo tipo de trámite 274 y adjunta el original del Acuerdo firmado y lo reserva hasta tanto se encuentre disponible la aplicación de Reparacion Historica que permite el escaneo y firma digital del Acuerdo.

F) Residentes en el exterior con apoderado cuyo poder especial para Reparación Histórica fue extendido en el país

El Titular deberá realizar la asignación del abogado y la aceptación de los términos y condiciones en la página web de ANSES/ Mi ANSeS/Reparación Histórica, ingresando con Clave de Seguridad Social.

Operador

1. Recibe al Abogado y al Apoderado el día del turno otorgado.

2. Verifica la identidad de ambos de acuerdo a la normativa vigente.

3. Verifica si se ha realizado el inicio del trámite desde Mi ANSES/Reparacion Historica:


3.1 Si se ha realizado, continúa en punto 4.
3.2 Si no se ha realizado, informa la situación al abogado y da por finalizada la atención.

4. Verifica que el Titular tenga acreditado en ADP el domicilio en el extranjero.

4.1 De estar acreditado, continúa en punto 5.
4.2 De no estar acreditado, informa al abogado que deberá acreditarlo conforme el procedimiento vigente

5. Verifica la validez del poder especial:

5.1 Si es válido, continúa en el punto 6.
5.2 Si no es válido, informa tal situación y finaliza la atención.

6. Ingresa a ADP con el CUIL del Titular y selecciona la opción “Reparación Histórica”, de acuerdo a lo detallado en el Manual de Usuario correspondiente.
7. Imprime el Acuerdo por duplicado.

8. Solicita la firma ológrafa en el Acuerdo.

9. Certifica las firmas que fueron realizadas en su presencia.

10. Entrega una de las copia como constancia.

11. Informa que el Acuerdo será remitido al Poder Judicial de la Nación electrónicamente y que podrá verificar el estado de su trámite consultando el número de expediente que figura en el Acuerdo ingresando en la página Web de ANSES en la opción Consulta de Expedientes finalizando la gestión del trámite.

12. Caratula en forma manual en ANME un expediente bajo tipo de trámite 274, a los fines de la guarda documental.

13. Imprime la caratula y adjunta el original del Acuerdo firmado y Poder Especial y lo reserva hasta tanto se encuentre disponible la aplicación de Reparacion Historica que permite el escaneo y firma digital del Acuerdo.


V. Anexos
Anexo I - Declaración Jurada - Representante Legal

Anexo I
DECLARACION JURADA
Representante Legal

Por medio de la presente,. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . [nombre del representante legal/apoderado], quien acredita su identidad con el Documento [Tipo y N°] . . . . . . . . . . . . . . . ., en mi carácter de representante legal de mi hijo/hija, tutelado/a, . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . [nombre del beneficiario], [CUIL] . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ...menor de edad, titular del Beneficio N° [N° de beneficio ] . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., actuando en el marco de las atribuciones conferidas por el Código Civil y Comercial de la Nación, artículo Nº26, presto conformidad para que se realicen las siguientes actuaciones en el aplicativo REPARACION HISTORICA, utilizando la identificación y clave de mi hijo/hija, tutelado/a:

1) Asignar al Abogado que representa al titular en el marco del Programa Nacional de Reparación Histórica.

2) Aceptar los términos y condiciones enunciados en el marco del Programa Nacional de Reparación Histórica, que manifiesto haber leído y aceptado.

Se deja constancia que la representación legal invocada fue previamente acreditada ante ANSES con la documentación correspondiente.



------------------------------------------
Firma del Representante Legal



Lugar y fecha: . . . . . . . . . . . . . . . . , . . . . .de. . . . . . . . . de . . . . . . . . .


. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ...
Firma, sello y N° de Legajo del funcionario de ANSES
 #1168690  por cmanuel11
 
marcossargento escribió:algun tienen novedades??
Tengo 2 casos así, acá en Neuquen. El tramite para estos casos es asi:

1- hacer la exención de huella (con el formulario que les dan en Anses que valida un medico)
2- con la constancia de dicho tramite aprobado, Anses debe imprimir y firmar el convenio.
3- con el convenio firmado por Anses y la constancia de exención de huella, hay que contactar a un escribano (Anses tiene un listado que no deberían cobrarle al jubilado), para que vaya a certificar la firma al domicilio donde se encuentra el jubilado imposibilitado de ir a Anses
4- con el convenio firmado y certificado, el apoderado o el abogado presenta los papeles en Anses y se inicia un expediente físico (como cualquier otro tramite en Anses) y se inicia la homologación.

Los dos casos que tengo aun no han salido, pero en ambos casos tuve que hacer estos pasos.

Saludos
 #1168922  por entrerios123
 
Hola! yo tambien tengo que ir la semana que viene a buscar el convenio impreso por ellos, y sobre ese convenio va a certificar la firma un escribano. Despues, tengo entendido, que yo solo voy y lo presento en la UDAI.

Pero me queda la duda... previamente tengo que hacer el tramite de exencion de huella? Y si es asi, quién presenta el formulario de exencion?
 #1168924  por marcossargento
 
entrerios123 escribió:Hola! yo tambien tengo que ir la semana que viene a buscar el convenio impreso por ellos, y sobre ese convenio va a certificar la firma un escribano. Despues, tengo entendido, que yo solo voy y lo presento en la UDAI.

Pero me queda la duda... previamente tengo que hacer el tramite de exencion de huella? Y si es asi, quién presenta el formulario de exencion?

SI o si tenes q tener el tramite de excencion de huella, en mis dos casos hicieron las hijas ese tramite. Pero se fijan si iniciaste el tramite de la excencion, para hacer lo de la cert de firmas.
 #1168986  por entrerios123
 
marcossargento escribió:
entrerios123 escribió:Hola! yo tambien tengo que ir la semana que viene a buscar el convenio impreso por ellos, y sobre ese convenio va a certificar la firma un escribano. Despues, tengo entendido, que yo solo voy y lo presento en la UDAI.

Pero me queda la duda... previamente tengo que hacer el tramite de exencion de huella? Y si es asi, quién presenta el formulario de exencion?

SI o si tenes q tener el tramite de excencion de huella, en mis dos casos hicieron las hijas ese tramite. Pero se fijan si iniciaste el tramite de la excencion, para hacer lo de la cert de firmas.

Perfecto!!! muchas gracias!!
 #1169928  por Jimena16
 
Hola. Tengo un caso en el que el beneficiario tiene domicilio en Tucumán. Y el apoderado en Salta. En ese caso debe dirigirse en a Tucumán? O puede hacerlo en Salta?
 #1176359  por Romitesta
 
En relación al formulario de Exención de Huella, queria saber si donde dice PODER ESPECIAL PARA SOLICITUD DE EXENCION DE IDENTIFICACION BIOMETRICA
– MI HUELLA completan con sus datos como abogados apoderados o con los datos del apoderado del beneficiario para cobrar en anses.
Muchas Gracias.