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  • HEREDERO NO QUIERE EL INMMUEBLE-

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 #1169965  por mariaximena11
 
Buenas noches colegas.
Me consultaron por una sucesion en la cual hay 2 propiedades. Una esta habitada por uno de los herederos y no quieren modificiar nada en cuanto a esta propiedad, ya que entre los hermanos fijaron que esta propiedad quedaba en manos de quien la esta habitando. La segunda propiedad que corresponde a la otra heredera, si quieren venderla. Pero entre ellos arreglaron que esta propiedad solo le correspondia a la heredera que quiere venderla ( Es decir, entre ellos arreglaron que una propiedad es de uno y la otra del otro). Ahora bien, tengo mis dudas en como empezar la sucesion..ya que nunca me habia pasado asi.
El heredero que no quiere la propiedad, debe presentarse igualmente? Puede ceder los derechos? Tengo que acreditar el vinculo en la demanda de inicio?
Gracias!
 #1169986  por abogado_1987
 
mariaximena11 escribió:Buenas noches colegas.
Me consultaron por una sucesion en la cual hay 2 propiedades. Una esta habitada por uno de los herederos y no quieren modificiar nada en cuanto a esta propiedad, ya que entre los hermanos fijaron que esta propiedad quedaba en manos de quien la esta habitando. La segunda propiedad que corresponde a la otra heredera, si quieren venderla. Pero entre ellos arreglaron que esta propiedad solo le correspondia a la heredera que quiere venderla ( Es decir, entre ellos arreglaron que una propiedad es de uno y la otra del otro). Ahora bien, tengo mis dudas en como empezar la sucesion..ya que nunca me habia pasado asi.
El heredero que no quiere la propiedad, debe presentarse igualmente? entiendo que si Puede ceder los derechos? entiendo que si Tengo que acreditar el vinculo en la demanda de inicio? entiendo que si
Gracias!
 #1169987  por abogado_1987
 
puede ceder los derechos hereditarios por escritura pública,
al promover la sucesión > los cesionarios tienen que probar
con la partida de nacimiento el vínculo de hijo (cedente) con el causante
 #1169999  por legalescom
 
Antes de cederla, por escritura pública, lo que sería más costoso, en la misma sucesión, haría una partición privada, adjudicándose, cada heredera, un bien inmueble.Previa ratificación, ante el juzgado, del respectivo convenio, se pide que éste se inscriba conjuntamente con la declaratoria de herederos.