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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1169952  por rodriguezra2002
 
Estimados una consulta, Me vino a ver una persona que trabaja de manicura, la misma trabaja desde febrero del 2016, segun la clienta le estan liquidando mal el sueldo desde septiembre 2016, solo tiene un franco semanal cuando le corresponde 2 por semana, y tiene una diferencia de hora nocturna que no le esta pagando.
En septiembre del año pasado con abogados del gremio tuvo una conciliacion junto a otras compañeras sobre este tema, y el empleador no arreglo nada, les dijo que hagan juicio pero en ese momento ella precisaba seguir trabajando y no hizo nada.
Hoy me vino a ver, y el tema es que ahora esta embarazada de mellizos de cinco meses y se quiere ir del trabajo, la idea es que ella quiere reclamar el dinero de lo que se liquido mal, mas regularizar los otros beneficios.
Ella me dice que el empleador no va arreglar nada, entonces quiere provocar en ir a una audiencia conciliatoria para arreglar o ir a juicio.
Actualmente ella esta con parte de enfermo hasta el 05/04/2017, por reposo del embarazo.
Estimados si me pueden ayudar en como continuar con este tema se los agradezco.
 #1169961  por adessoma
 
Estimado: Intuyo que vas por la trabajadora. Pasos a seguir:
1) Que tu clienta consiga un certificado del obstetra que indique la probable fecha de parto.
2) Le manda un TCL notificando estado de embarazo y, de ser posible, transcribiendo el texto del certificado. Recomiendo también que en este mismo TCL te fijes si corresponde regularizar por ley 24013, enviando copia a AFIP en caso de corresponder.
3) Que un familiar haga llegar al empleador el original del certificado + una copia para firmar acusando recibo.
4) En caso de despido hasta los 7 meses y medio posteriores al parto, estará protegida por el art. 178 de la LCT.
5) Finalmente, tu clienta podrá acumular las licencias por maternidad y por enfermedad, ya que decís que también está enferma.
rodriguezra2002 escribió:Actualmente ella esta con parte de enfermo hasta el 05/04/2017, por reposo del embarazo
Saludos.
 #1169964  por abpucheta
 
Yo iria sólo por la 24013 que regularice el salario (fijate que cumplas los requisitos de procedencia), después sale solito el despido o por ius variandi o directo sin causa. Saludos!
 #1169973  por DRA. MACA
 
abpucheta escribió:Yo iria sólo por la 24013 que regularice el salario (fijate que cumplas los requisitos de procedencia), después sale solito el despido o por ius variandi o directo sin causa. Saludos!
Estimo que tu respuesta es en tono de broma como todas las que he visto hasta ahora.
 #1170044  por caro4457
 
abpucheta escribió:Yo iria sólo por la 24013 que regularice el salario (fijate que cumplas los requisitos de procedencia), después sale solito el despido o por ius variandi o directo sin causa. Saludos!
Dio mio!!! decime que no sos abogado laboral????????????????