Hola a todos,
Primero que nada aprovecho a saludar cordialmente a todos los foreros que conforman esta comunidad. Suelo leerlos bastante seguido pese a nunca haberme registrado hasta la fecha.
Si no es molestia me gustaría plantearles la siguiente situación y espero alguien pueda subsanar la duda que me genera esta situación al respecto.
La situación es la siguiente:
En el año 2000 mi madre y tío compran mediante un plan de pago el 50% restante de un inmueble del que ya poseían el 50% absorbiendo la totalidad del mismo.
Cerca del 2006, pero la plan de pagos se cae y se hace un nuevo arreglo firmando mi madre al seguir siendo dueña. A los dos años, en el 2008, mi madre y tío deciden separar todos los bienes para seguir cada uno por su camino.
Respecto a este inmueble en particular mi madre le vende su porcentaje correspondiente a mi tío, quien acepta toda responsabilidad por tal inmueble de esa fecha en adelante (Entre las responsabilidades que asume está la de terminar de pagar las cuotas restantes) TODO MEDIANTE ESCRIBANO PÚBLICO OBVIAMENTE.
Se separan comercialmente y al tiempo mi tío no pudo pagar las cuotas restantes del nuevo plan de pago y los anteriores titulares inician juicio a mi madre y también a mi tío, quien nunca escrituro la adquisición de tal inmueble debido a que lo inhibieron al tiempo de haberse separado comercialmente con mi madre. La cuestión a todo esto es saber si mi madre es responsable legalmente por la caída del plan de pagos y por consiguiente de los intereses y daños morales devengados o si al momento de haber hecho el boleto de compra y venta ella dejó atrás toda responsabilidad (Pese a que anteriormente fue ella quien firmo la compra inicial del 50% y, también, el nuevo convenio de pagos) ya que mi tío acepta toda la responsabilidad de ahí en adelante pese a que nunca hizo la escrituracion y adrede dejó de pagar para que se caiga el nuevo convenio.
Seguramente alguien me recomiende irme a un abogado que me asesore bien en el tema. Pese a ello, les pido que me den su opinión profesional al respecto y al mismo tiempo me indiquen si no es molestia un abogado abocado a lo civil/comercial y, también haga concursos y quiebras en la ciudad de Mar del Plata. Necesito un abogado que sea EXCELENTE en estas áreas y que no sea el doctor Garaguso.
Aguardo sus comentarios y apreciaciones.
Muchísimas gracias a todos!
Que tengan un buen fin de semana.
Primero que nada aprovecho a saludar cordialmente a todos los foreros que conforman esta comunidad. Suelo leerlos bastante seguido pese a nunca haberme registrado hasta la fecha.
Si no es molestia me gustaría plantearles la siguiente situación y espero alguien pueda subsanar la duda que me genera esta situación al respecto.
La situación es la siguiente:
En el año 2000 mi madre y tío compran mediante un plan de pago el 50% restante de un inmueble del que ya poseían el 50% absorbiendo la totalidad del mismo.
Cerca del 2006, pero la plan de pagos se cae y se hace un nuevo arreglo firmando mi madre al seguir siendo dueña. A los dos años, en el 2008, mi madre y tío deciden separar todos los bienes para seguir cada uno por su camino.
Respecto a este inmueble en particular mi madre le vende su porcentaje correspondiente a mi tío, quien acepta toda responsabilidad por tal inmueble de esa fecha en adelante (Entre las responsabilidades que asume está la de terminar de pagar las cuotas restantes) TODO MEDIANTE ESCRIBANO PÚBLICO OBVIAMENTE.
Se separan comercialmente y al tiempo mi tío no pudo pagar las cuotas restantes del nuevo plan de pago y los anteriores titulares inician juicio a mi madre y también a mi tío, quien nunca escrituro la adquisición de tal inmueble debido a que lo inhibieron al tiempo de haberse separado comercialmente con mi madre. La cuestión a todo esto es saber si mi madre es responsable legalmente por la caída del plan de pagos y por consiguiente de los intereses y daños morales devengados o si al momento de haber hecho el boleto de compra y venta ella dejó atrás toda responsabilidad (Pese a que anteriormente fue ella quien firmo la compra inicial del 50% y, también, el nuevo convenio de pagos) ya que mi tío acepta toda la responsabilidad de ahí en adelante pese a que nunca hizo la escrituracion y adrede dejó de pagar para que se caiga el nuevo convenio.
Seguramente alguien me recomiende irme a un abogado que me asesore bien en el tema. Pese a ello, les pido que me den su opinión profesional al respecto y al mismo tiempo me indiquen si no es molestia un abogado abocado a lo civil/comercial y, también haga concursos y quiebras en la ciudad de Mar del Plata. Necesito un abogado que sea EXCELENTE en estas áreas y que no sea el doctor Garaguso.
Aguardo sus comentarios y apreciaciones.
Muchísimas gracias a todos!
Que tengan un buen fin de semana.