Buenas noches Foristas;
En un juicio ejecutivo el ejecutado fue declarado en rebeldia y constituido el domicilio en los estrados del Juzgado, por ende, donde debo notificarle la regulacion de mis honorarios? El art. 59 del Dec. Ley 8904 habla de notificar en su domicilio real. O queda notificado Ministerio Legis?
Gracias. Saludos
En un juicio ejecutivo el ejecutado fue declarado en rebeldia y constituido el domicilio en los estrados del Juzgado, por ende, donde debo notificarle la regulacion de mis honorarios? El art. 59 del Dec. Ley 8904 habla de notificar en su domicilio real. O queda notificado Ministerio Legis?
Gracias. Saludos