Estimados/as colegas.
Escribo porque estoy pronta a iniciar una demanda de daños y perjuicios, representando a la parte actora. Mi clienta alquilaba en C.A.B.A. una habitación para vivienda familiar. El Hotel no tenía autorización ni permiso, pero la Regenta (demandada) sostenía que lo estaba tramitando. Para ello le requirió a mi clienta permiso para poner unos tomas corrientes más en la habitación, porque era una de las exigencias para la habilitación. Al otro día de la instalación, se incendió la habitación. Mi clienta perdió casi la totalidad de sus bienes. Se llevó a cabo el procedimiento de Mediación, pero fracasó con todo éxito: la demandada estaba asesorada por un colega que no quiso negociar ni un céntimo de nada (más allá de que reconocía la vinculación existente entre mi clienta y la suya, ergo daba por supuesta la relación de locación). Hay actuaciones debomberos, fiscalía, y además tengo recibos firmados por la demandada y un "pagaré-contrato" por 24 meses.
Mis consultas:
1. ¿Sustento en responsabilidad objetiva conforme artículos 1722 y 1757 del CCC?
2. ¿Sigue aplicable la ley 23.091? La tengo presente pero observo nada muy específico a lo que intentaré con la demanda... ¿O voy por los artículos 1187 y sgtes. del CCC (locación)?
3. Voy a solicitar beneficio de litigar sin gastos, tengo entendido que tengo que hacer las dos presentaciones en simultáneo, pero no tengo bien "aceitado" el cómo... ¿Dónde las presento y con qué formularios? Esto es jurisdicción C.A.B.A.
4. Última: ¿alguien tiene jurisprudencia que pueda colaborar en darle más sustento a mi demanda?
¡Espero vuestras respuestas!
MUCHAS MUCHAS GRACIAS.
Saludos.
Escribo porque estoy pronta a iniciar una demanda de daños y perjuicios, representando a la parte actora. Mi clienta alquilaba en C.A.B.A. una habitación para vivienda familiar. El Hotel no tenía autorización ni permiso, pero la Regenta (demandada) sostenía que lo estaba tramitando. Para ello le requirió a mi clienta permiso para poner unos tomas corrientes más en la habitación, porque era una de las exigencias para la habilitación. Al otro día de la instalación, se incendió la habitación. Mi clienta perdió casi la totalidad de sus bienes. Se llevó a cabo el procedimiento de Mediación, pero fracasó con todo éxito: la demandada estaba asesorada por un colega que no quiso negociar ni un céntimo de nada (más allá de que reconocía la vinculación existente entre mi clienta y la suya, ergo daba por supuesta la relación de locación). Hay actuaciones debomberos, fiscalía, y además tengo recibos firmados por la demandada y un "pagaré-contrato" por 24 meses.
Mis consultas:
1. ¿Sustento en responsabilidad objetiva conforme artículos 1722 y 1757 del CCC?
2. ¿Sigue aplicable la ley 23.091? La tengo presente pero observo nada muy específico a lo que intentaré con la demanda... ¿O voy por los artículos 1187 y sgtes. del CCC (locación)?
3. Voy a solicitar beneficio de litigar sin gastos, tengo entendido que tengo que hacer las dos presentaciones en simultáneo, pero no tengo bien "aceitado" el cómo... ¿Dónde las presento y con qué formularios? Esto es jurisdicción C.A.B.A.
4. Última: ¿alguien tiene jurisprudencia que pueda colaborar en darle más sustento a mi demanda?
¡Espero vuestras respuestas!
MUCHAS MUCHAS GRACIAS.
Saludos.