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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1171136  por juancapa
 
Colegas, aún tengo un 30/40% de clientes que no tienen siquiera propuesta.
Subí un artículo a mi blog personal, sobre el estado de la RH.
Por si alguno le interesa, lo copio. Lo traté de hacer lo más didáctico y simple posible.

http://aprehendiendoderecho.blogspot.com.ar/

ESTADO ACTUAL DEL PROGRAMA DE REPARACIÓN HISTÓRICA (al 8/4/2017)
Sin duda alguna, el Programa de Reparación Histórica para jubilados y pensionados instaurado por ley 27260 el 26 de Junio de 2016, ha sido uno de los tópicos de los cuales más se ha hablado en los últimos meses, atento el principal objetivo al que apunta, consistente tanto en el reajuste de haberes de aquéllos jubilados que nunca habían litigado judicialmente, como en el pago anticipado del juicio de aquéllos que sí demandaron ante la Justicia en tutela de sus derechos, siempre siguiendo las directrices que trazara la Corte Suprema a través de los fallos "Badaro" y "Eliff".

Como operador jurídico cotidiano del sistema de jubilaciones y a través de la cantidad de casos en los que hemos tenido que intervenir, y atento la proliferación de información en los medios de comunicación que muchas veces es inexacta o incompleta, nos vemos en la necesidad de aclarar el panorama a todos aquéllos interesados, de la forma más simple posible, a los fines de lograr el mejor entendimiento posible de un sistema de por sí complejo:
1) Los jubilados que hayan aportado mayoritariamente como autónomos/monotributistas, se encuentran -salvo excepciones muy particulares- fuera del sistema instalado por la ley, toda vez que los fallos "Badaro" y "Eliff" que aplica la norma, alcanzan sólo a personal que haya aportado mayoritariamente bajo relación de dependencia. También se encuentran fuera del Programa aquéllos herederos de jubilados que han fallecido estando en juicio con ANSeS, deben continuar el trámite judicial en su carácter de sucesores.

2) Existen, teniendo en cuenta el universo de jubilados que se incluye en el Programa, dos tipos distintos de situaciones: a) los que tienen ofrecimiento de reajuste del haber mensual y deben aceptarlo o rechazarlo; b) los que aún no tienen ofrecimiento. Se destaca que ésta situación se consulta ingresando al portal web de ANSeS con el CUIT y clave de Seguridad Social de cada jubilado

3) Los que aún no tienen ofrecimiento deben aguardar a que ANSeS liquide el reajuste que le correspondería. No existe la posibilidad de "acelerar" o "apurar" al organismo a que realice el reajuste. Sólo deben esperar.

4) El grupo de los jubilados que sí tienen ofrecimiento, se divide a su vez en dos sub grupos distintos: aquéllos que para empezar a cobrar el reajuste deben aceptar firmar con la huella digital (y la de su abogado) en la oficina de ANSeS próxima a su domicilio, y por otro lado, aquéllos cuyo reajuste es automático, sin necesidad de previa aceptación en ANSeS. Simplemente se acepta haciendo un click en la página web del organismo previsional. En la actualidad casi la totalidad de las personas que se encuentran en ésta situación están percibiendo efectivamente el aumento. Supuestamente ANSeS los llamará -en un futuro, no se sabe cuándo- para que ratifiquen la aceptación que realizaran en la página web.Éste sub grupo es sensiblemente más reducido que el primero de los nombrados, dado que es para jubilados que se encuentran en una situación excepcional (generalmente se trata de reajustes de montos pequeños y personas con edad superior a los 80, aunque en realidad no siguen un patrón definido y hemos visto en éste subgrupo a mujeres de 62 años).

5) La situación de aquéllos que para cobrar el reajuste (y si tienen juicio, el retroactivo) deben firmar electrónicamente con su huella digital y esperar la homologación del acuerdo en sede judicial, es más desventajosa debido a que deben aguardar que el organismo previsional remita el acuerdo digital al Juzgado Federal de turno en su domicilio. Al día de la fecha ha habido casos excepcionales de gente que ha firmado con su huella digital en Octubre / Noviembre y ha comenzado a percibir el reajuste mensual de su haber a partir de Enero / Febrero. Ello significa que una vez homologado judicialmente, se le abonará el retroactivo correspondientes a los meses que no ha cobrado el reajuste, desde que el acuerdo fuera aceptado digitalmente. Ejemplo: el Sr. Pérez firma el acuerdo transaccional en Octubre, aceptando el aumento de $5000 mensuales que le ofrece Anses. En Enero empieza a cobrar el aumento. Cuando el Juez homologue el convenio, ANSeS deberá liquidar como retroactivo los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre, o sea, $15.000.-

6) Por otro lado, si el jubilado que ha aceptado y firmado digitalmente el acuerdo aún no se encuentra cobrando el reajuste mensual (supuesto que ocurre en la mayoría de los casos), deberá aguardar a que el Juez homologue su acuerdo, para empezar a cobrar el reajuste mensual y también el retroactivo. Se desconoce el tiempo que demorará el pago del reajuste y el retroactivo desde el momento de la homologación, pero se supone -sólo se supone- que será al mes siguiente de quedar firme la homologación. Sólo meras especulaciones, la ley no fija un plazo determinado.

7) Existen casos en que el jubilado tenía juicio iniciado pero le ofrecen sólo reajuste de haber mensual y nada dice la propuesta sobre el retroactivo. Consideramos conveniente NO aceptar éstos ofrecimientos, en algunos casos el mismo sistema informático corrigió la omisión y apareció repentinamente el ofrecimiento del retroactivo.

8) Aún ningún letrado ha percibido los honorarios que ANSeS ofreciera unilateralmente ($1100).

9) Existen algunos grupos de jubilados -ferroviarios, beneficiarios de rentas vitalicias por ejemplo- que atento el régimen especial que los regula, ANSeS no ha definido aún si los incluye o no en la propuesta de reajuste. Respecto a los beneficiarios de rentas vitalicias sugerimos enfáticamente que realicen el juicio de reajuste pertinente, máxime luego de los fallos de la CSJN que han salido recientemente ("Deprati").

10) Al sacar turno para aceptar el acuerdo, ANSeS asigna automáticamente una fecha y hora (sin posibilidad de elegir) en la oficina más cercana al domicilio del jubilado. Sí o sí tiene que concurrir el jubilado con su abogado a firmar con la huella digital. En las oficinas son reacios a hacer el trámite en formato papel, argumentando que el mismo se demora mucho más que si fuera digital. Si el jubilado no puede concurrir a la oficina, deberá un familiar acordar con un escribano de confianza para que firme el acuerdo que se puede descargar por el portal web del organisimo.
 #1171159  por juancapa
 
AmZ2003 escribió:Muy bueno tu resumen juancapa.
Gracias colega. Traté de resumir y sintetizar todos los supuestos. Sé que es más complejo que ello y tendría que tener el triple de contenido, pero es para que todos tengan una aproximación a la situación actual del programa.
 #1171164  por AmZ2003
 
juancapa escribió: Gracias colega. Traté de resumir y sintetizar todos los supuestos. Sé que es más complejo que ello y tendría que tener el triple de contenido, pero es para que todos tengan una aproximación a la situación actual del programa.
Probablemente vos estás más interiorizado que yo en el tema previsional, pero lo que modestamente veo entre mis clientes y algunos colegas con los que converso es que desde diciembre/enero está casi paralizado .
Hicimos intentos por enfermedad, por edad avanzada y es todo como si nada. Y de las consultas ni en Udai ni 130 ni por web nadie dice nada. Es como si los que administran la RH estuvieran encerrados y aislados manejándola de acuerdo a criterios que ninguno de nosotros entendemos demasiado.
Entiendo que hay que cumplir la Ley y Homologar, pero no mandan los exp a la Justicia. Los que vuelven homologados no los pagan. No aparecen nuevas propuestas. Por eso es que lo veo paralizado al programa.
Decime qué te parece a vos.
 #1171216  por maritah
 
Hola a todos. Les cuento que yo tengo varias sentencias homologadas. Pero ningun pago. Segun manifestó la gente de anses que desde la sentencia se van a tomar entre 30 y 120 dias para comenzar a pagar. Yo estoy evaluando como seguir. Les voy a dar 30 dias. Esto es un desorden en anses de aca nadie sabe nada con certezas.
 #1171224  por AmZ2003
 
maritah escribió:Hola a todos. Les cuento que yo tengo varias sentencias homologadas. Pero ningun pago. Segun manifestó la gente de anses que desde la sentencia se van a tomar entre 30 y 120 dias para comenzar a pagar. Yo estoy evaluando como seguir. Les voy a dar 30 dias. Esto es un desorden en anses de aca nadie sabe nada con certezas.
donde estás??
 #1171238  por AMP2016
 
Tengo un acuerdo homologado, notificado a ANSES y a mi el 02/03. Ya estamos en abril y ni la jubilada ni yo cobramos lo que corresponde.
No se que debo hacer. Fui a ANSES y tuve que pelearme ya que me decían " no puede ser que ya tengas sentencia" y yo con la copia de la cédula electrónica en la mano. Es increíble la falta de instrucción de los empleados de ANSES, ni hablar del 130 atendido por ineptos.
A seis meses del primer acuerdo firmado, sigo laburando gratis, ni siquiera por los 1140 pesos ya.
 #1171251  por Mauricia
 
Hola: Les cuento, fui, me moje y mucho, pero traje algunas respuestas. Yo tengo uno solo con sentencia, fui a averiguar cuando estaria al cobro y me dicen que las primeras sentencias de RH que pagaria ANSES lo tienen previsto para principios de 2018, o sea, no es lo que esperaba, yo calculaba durante 2017.
 #1171256  por AMP2016
 
Mauricia escribió:Hola: Les cuento, fui, me moje y mucho, pero traje algunas respuestas. Yo tengo uno solo con sentencia, fui a averiguar cuando estaria al cobro y me dicen que las primeras sentencias de RH que pagaria ANSES lo tienen previsto para principios de 2018, o sea, no es lo que esperaba, yo calculaba durante 2017.


2018??!!!!! jajaja gracias por las buenas noticias. Felicitaciones colegas, hemos laburado gratis. No veremos un peso jamás
 #1171267  por AmZ2003
 
Y si ejecutas ya no son los que 1150 de honorarios. Será lo que regule el juez por la ejecución , creo q más de uno se va a apurar a meter la demanda...
 #1171298  por FedeRosario33
 
Anyweb escribió:
FedeRosario33 escribió:Buenas Tardes.

Para ver si mandan los acuerdos a homologar es en esta pagina no?....

http://scw.pjn.gov.ar/scw/home.seam?cid=384333

Busco y no encuentro nada, seguramente no han mandado ningun acuerdo a homologar.
En ese link no te va a aparecer nada. Tenés que entrar al Portal de Gestión de Causas.
http://portalpjn.pjn.gov.ar/

Muchas Gracias. Ahora busco...
 #1171317  por fafa16
 
Hola a todos. Hoy me encuentro que me mandaron dos convenios a la justicia. Uno ya está cobrando. Otro aún no, y me lo enviaron a juzgado de Rosario. Domicilio registrado en Anses de beneficiario y abogado en pcia de Catamarca.
Llamé al 130 y no tienen idea x que pasó esto. Quedaron en llamarme. Notificaron hoy. Se me vencen los plazos.....Que me aconsejan hacer?? Mil gracias desde ya. Saludos