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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1170772  por Mauricia
 
Echalotte escribió:
Mauricia escribió:Sr o Sra HORAMY: Buenos dias: En primer lugar si hace 8 años firmo por un 30% en ese momento no le parecio mucho? Ahora que va a cobrar recien se da cuenta? El letrado estuvo trabajando durante 8 años para que usted pueda cobrar ese retroactivo, es mas, el tiene derecho a cobrarle no sobre lo que le pagan de reparacion historica, sino por el retro que le corresponde desde que inicio el reclamo administrativo 2 años hacia atras, aplicando los indices que marca la sentencia (muy superiores a RH),es decir que le corresponderia un poquito mas de lo que usted va a cobrar de retro de RH. Esto ya esta hablado, todos lo van a hacer respetar y todos los previsionalistas que llevamos años en esto estamos siguiendo nuestros expedientes judiciales para ver que cliente no nos revoco el poder, para asi, legal y justamente evitar que cobran ese retro que nos corresponde por el arduo trabajo realizado durante años, algo que ustedes ni se imaginan, (por ejemplo correr a dejar nota bajo una tormenta y en nuestra casa nuestros hijos por ahi con 40 de fiebre), y tambien para los colegas que no estan respetando esta el Tribunal de Disciplina del CPACF.
Mauricia, si uno pactó el 30%, lo hizo en relación al cobro de un retroactivo "total". Pero el Anses está desdoblando el retroactivo, 50% al contado 50% en 3 años. Entonces, me parece que lo justo sería pagar al letrado 15% al contado y luego 15% en cuotas trimestrales. Es decir, pagarle al abogado de la misma forma que el Estado la paga al Jubilado. No es eseto justo?
Hola Echalotte: No, no lo injusto seria que el letrado no perciba el total de sus honorarios. El abogado ya termino su trabajo, un trabajo que hizo durante años seguramente sin recibir un centavo. Los honorarios de deben pagar completos el dia de cobro, ya bastante se esta perdiendo con el retro que solo es de 4 años.
 #1170851  por jbaroff
 
Mauricia escribió:
Echalotte escribió:
Mauricia escribió:Sr o Sra HORAMY: Buenos dias: En primer lugar si hace 8 años firmo por un 30% en ese momento no le parecio mucho? Ahora que va a cobrar recien se da cuenta? El letrado estuvo trabajando durante 8 años para que usted pueda cobrar ese retroactivo, es mas, el tiene derecho a cobrarle no sobre lo que le pagan de reparacion historica, sino por el retro que le corresponde desde que inicio el reclamo administrativo 2 años hacia atras, aplicando los indices que marca la sentencia (muy superiores a RH),es decir que le corresponderia un poquito mas de lo que usted va a cobrar de retro de RH. Esto ya esta hablado, todos lo van a hacer respetar y todos los previsionalistas que llevamos años en esto estamos siguiendo nuestros expedientes judiciales para ver que cliente no nos revoco el poder, para asi, legal y justamente evitar que cobran ese retro que nos corresponde por el arduo trabajo realizado durante años, algo que ustedes ni se imaginan, (por ejemplo correr a dejar nota bajo una tormenta y en nuestra casa nuestros hijos por ahi con 40 de fiebre), y tambien para los colegas que no estan respetando esta el Tribunal de Disciplina del CPACF.
Mauricia, si uno pactó el 30%, lo hizo en relación al cobro de un retroactivo "total". Pero el Anses está desdoblando el retroactivo, 50% al contado 50% en 3 años. Entonces, me parece que lo justo sería pagar al letrado 15% al contado y luego 15% en cuotas trimestrales. Es decir, pagarle al abogado de la misma forma que el Estado la paga al Jubilado. No es eseto justo?
Hola Echalotte: No, no lo injusto seria que el letrado no perciba el total de sus honorarios. El abogado ya termino su trabajo, un trabajo que hizo durante años seguramente sin recibir un centavo. Los honorarios de deben pagar completos el dia de cobro, ya bastante se esta perdiendo con el retro que solo es de 4 años.
Yo creo que el trabajo de un abogado termina cuando el cliente cobra. Y en este caso cobra solo la mitad en el primer pago, por lo que el trabajo del abogado no termino, debe velar para que el cliente cobre la totalidad del monto.

De la misma manera que creo que el tope que se puede cobrar es el 25%, en nuestro estudio ese tope se respeta a rajatabla, pero como contrapartida un caso chico no se agarra, entonces esa gente como resuelve su problema? yo creo que con un abogado que le cobre mas del 25%...
 #1171137  por juancapa
 
Facastro escribió:Hola. Estaria bueno leer un poco al respecto. Aca les dejo el link http://www.anses.gob.ar/reparacionhisto ... gados.html
Hice un breve texto, donde traté de sintetizar los 10 puntos más importantes de la RH y su estado actual.
Está en mi blog http://aprehendiendoderecho.blogspot.com.ar/
Sin duda alguna, el Programa de Reparación Histórica para jubilados y pensionados instaurado por ley 27260 el 26 de Junio de 2016, ha sido uno de los tópicos de los cuales más se ha hablado en los últimos meses, atento el principal objetivo al que apunta, consistente tanto en el reajuste de haberes de aquéllos jubilados que nunca habían litigado judicialmente, como en el pago anticipado del juicio de aquéllos que sí demandaron ante la Justicia en tutela de sus derechos, siempre siguiendo las directrices que trazara la Corte Suprema a través de los fallos "Badaro" y "Eliff".

Como operador jurídico cotidiano del sistema de jubilaciones y a través de la cantidad de casos en los que hemos tenido que intervenir, y atento la proliferación de información en los medios de comunicación que muchas veces es inexacta o incompleta, nos vemos en la necesidad de aclarar el panorama a todos aquéllos interesados, de la forma más simple posible, a los fines de lograr el mejor entendimiento posible de un sistema de por sí complejo:
1) Los jubilados que hayan aportado mayoritariamente como autónomos/monotributistas, se encuentran -salvo excepciones muy particulares- fuera del sistema instalado por la ley, toda vez que los fallos "Badaro" y "Eliff" que aplica la norma, alcanzan sólo a personal que haya aportado mayoritariamente bajo relación de dependencia. También se encuentran fuera del Programa aquéllos herederos de jubilados que han fallecido estando en juicio con ANSeS, deben continuar el trámite judicial en su carácter de sucesores.

2) Existen, teniendo en cuenta el universo de jubilados que se incluye en el Programa, dos tipos distintos de situaciones: a) los que tienen ofrecimiento de reajuste del haber mensual y deben aceptarlo o rechazarlo; b) los que aún no tienen ofrecimiento. Se destaca que ésta situación se consulta ingresando al portal web de ANSeS con el CUIT y clave de Seguridad Social de cada jubilado

3) Los que aún no tienen ofrecimiento deben aguardar a que ANSeS liquide el reajuste que le correspondería. No existe la posibilidad de "acelerar" o "apurar" al organismo a que realice el reajuste. Sólo deben esperar.

4) El grupo de los jubilados que sí tienen ofrecimiento, se divide a su vez en dos sub grupos distintos: aquéllos que para empezar a cobrar el reajuste deben aceptar firmar con la huella digital (y la de su abogado) en la oficina de ANSeS próxima a su domicilio, y por otro lado, aquéllos cuyo reajuste es automático, sin necesidad de previa aceptación en ANSeS. Simplemente se acepta haciendo un click en la página web del organismo previsional. En la actualidad casi la totalidad de las personas que se encuentran en ésta situación están percibiendo efectivamente el aumento. Supuestamente ANSeS los llamará -en un futuro, no se sabe cuándo- para que ratifiquen la aceptación que realizaran en la página web.Éste sub grupo es sensiblemente más reducido que el primero de los nombrados, dado que es para jubilados que se encuentran en una situación excepcional (generalmente se trata de reajustes de montos pequeños y personas con edad superior a los 80, aunque en realidad no siguen un patrón definido y hemos visto en éste subgrupo a mujeres de 62 años).

5) La situación de aquéllos que para cobrar el reajuste (y si tienen juicio, el retroactivo) deben firmar electrónicamente con su huella digital y esperar la homologación del acuerdo en sede judicial, es más desventajosa debido a que deben aguardar que el organismo previsional remita el acuerdo digital al Juzgado Federal de turno en su domicilio. Al día de la fecha ha habido casos excepcionales de gente que ha firmado con su huella digital en Octubre / Noviembre y ha comenzado a percibir el reajuste mensual de su haber a partir de Enero / Febrero. Ello significa que una vez homologado judicialmente, se le abonará el retroactivo correspondientes a los meses que no ha cobrado el reajuste, desde que el acuerdo fuera aceptado digitalmente. Ejemplo: el Sr. Pérez firma el acuerdo transaccional en Octubre, aceptando el aumento de $5000 mensuales que le ofrece Anses. En Enero empieza a cobrar el aumento. Cuando el Juez homologue el convenio, ANSeS deberá liquidar como retroactivo los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre, o sea, $15.000.-

6) Por otro lado, si el jubilado que ha aceptado y firmado digitalmente el acuerdo aún no se encuentra cobrando el reajuste mensual (supuesto que ocurre en la mayoría de los casos), deberá aguardar a que el Juez homologue su acuerdo, para empezar a cobrar el reajuste mensual y también el retroactivo. Se desconoce el tiempo que demorará el pago del reajuste y el retroactivo desde el momento de la homologación, pero se supone -sólo se supone- que será al mes siguiente de quedar firme la homologación. Sólo meras especulaciones, la ley no fija un plazo determinado.

7) Existen casos en que el jubilado tenía juicio iniciado pero le ofrecen sólo reajuste de haber mensual y nada dice la propuesta sobre el retroactivo. Consideramos conveniente NO aceptar éstos ofrecimientos, en algunos casos el mismo sistema informático corrigió la omisión y apareció repentinamente el ofrecimiento del retroactivo.

8) Aún ningún letrado ha percibido los honorarios que ANSeS ofreciera unilateralmente ($1100).

9) Existen algunos grupos de jubilados -ferroviarios, beneficiarios de rentas vitalicias por ejemplo- que atento el régimen especial que los regula, ANSeS no ha definido aún si los incluye o no en la propuesta de reajuste. Respecto a los beneficiarios de rentas vitalicias sugerimos enfáticamente que realicen el juicio de reajuste pertinente, máxime luego de los fallos de la CSJN que han salido recientemente ("Deprati").

10) Al sacar turno para aceptar el acuerdo, ANSeS asigna automáticamente una fecha y hora (sin posibilidad de elegir) en la oficina más cercana al domicilio del jubilado. Sí o sí tiene que concurrir el jubilado con su abogado a firmar con la huella digital. En las oficinas son reacios a hacer el trámite en formato papel, argumentando que el mismo se demora mucho más que si fuera digital. Si el jubilado no puede concurrir a la oficina, deberá un familiar acordar con un escribano de confianza para que firme el acuerdo que se puede descargar por el portal web del organisimo.
 #1171151  por NORMA
 
Excelente sintesis !!!
 #1171152  por DRA. MACA
 
Aca una mentirosa usuaria dijo que ya anses le depositó honorarios en su CBU, por suerte, la mentira tiene patas cortas.
 #1171253  por Mauricia
 
DRA. MACA escribió:Aca una mentirosa usuaria dijo que ya anses le depositó honorarios en su CBU, por suerte, la mentira tiene patas cortas.
Hola: Perdon...Quien? Porque todo puede ser, asi le pedimos que nos cuente mas del caso. A mi me interesa justamente porque hoy me dijeron en la anses que los primeros tienen previsto pagar a principios de 2018. Podrias decirnos quien cobro? Gracias.
 #1171269  por DRA. MACA
 
Mauricia escribió:
DRA. MACA escribió:Aca una mentirosa usuaria dijo que ya anses le depositó honorarios en su CBU, por suerte, la mentira tiene patas cortas.
Hola: Perdon...Quien? Porque todo puede ser, asi le pedimos que nos cuente mas del caso. A mi me interesa justamente porque hoy me dijeron en la anses que los primeros tienen previsto pagar a principios de 2018. Podrias decirnos quien cobro? Gracias.
Esa es la cuestión, luego abrio un post para decir que no cobró, asi que NADIE COBRO, no se que es lo que no se entiende.
 #1171981  por Echalotte
 
Ustedes qué creen?

Mi madre pacto con su abogado pagarle si éste le hacia otorgar una actualización justa de su jubilación, según sus aportes de toda la vida. Y arregló honorarios por un 30% sobre el retroactivo.
Resulta que ahora la Reparación Histórica le otorga una actualización que no es la "justa" (es menor a la que le corresponde). Y además le pagan el retroactivo 50% al contado y el resto en 12 cuotas trimestrales.

Es justo pagarle al abogado 30% cuando el resultado no es el pactado (ni la actualización es la justa, ni cobra el retroactivo al 100% todo junto).
 #1171997  por Mauricia
 
Hola: Por favor!!! Este es un foro de abogados, no nos falte el respeto ni nos quiera ningunear, usted no es ni mas viva ni mas inteligente. Su madre (si es verdad) va a cobrar ese retroactivo que es el FRUTO DE LO TRABAJADO POR EL PROFESIONAL, sino no tendria nada para cobrar, solo un aumento en el haber. Y ademas, si de la sentencia no hubiese surgido diferencia...no pensaban pagar el trabajo hecho? O sea que el profesional estuvo tal ves dias armando demanda, contestando escritos, yendo a MT 2 veces por semana para que no se le pase ningun plazo y dejar nota, ni siquiera se imagina los gastos, la plata que invirtio para que su madre cobre eso, a veces ni se recupera. Me indigna, no nos tome el pelo, ayer en MT se sento en un banco un profesional delante mio, cruzo las piernas y pude ver el agujero en el zapato, asi que no sea sinverguenza y deje de escribir, hay que ser digno en la vida.
 #1172003  por DRA. MACA
 
Adhiero, una total sinverguenza, esta gentuza es así, cuando salen las cosas, gracias al trabajo del abogado, empiezan con estupideces y excusas berretas para no pagar.

No es que no ven el trabajo de un abogado SIMPLEMENTE NO LES INTERESA, ese el el tipo de educación que recibieron y son lacras sociales, parias que por unos pesos te venden a la madre, porque no tienen valores, es gente muerta de hambre.

Tengo clientes que apenas tienen para comer, pero lo que tienen que pagar lo pagan sin chistar, justamente porque trabajan, y saben que los demas tambien trabajamos y cobramos por nuestra labor.

Que gente asquerosa, no defiende a su madre sino que la pone de escudo para robarle la plata, ni mas, ni menos.
 #1172028  por romimachi
 
HernanZS escribió:Soy abogado con matricula federal, me ofrezco para aceptar y suscribir los acuerdos de la reparación histórica ANSES de beneficiarios que no hayan iniciado juicio a la ANSES.
Los beneficiarios que residan en Zona sur del Gran Bs. As (Partidos de Avellaneda, Lanus, Lomas de Zamora, Quilmes, Berazategui) no les cobro honorarios ni gastos de ningún tipo.
Los que tengan interés pueden comunicarse al celular 15-6965-5858 los días lunes a viernes en el horario de 17 a 20 horas.
Tengo entendido que esto no se puede hacer Sr. moderador!!!!
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