Colegas, consulto por parte EMPLEADORA. Un trabajador hace dos días que no va a trabajar dado que el finde semana lo llevaron preso por tener un arma y hacer disturbios en la vía publica. Ahora bien mi consulta es la siguiente, luego de leer el art 224: 1) Si el empleador no fue notificado fehacientemente de esta situación, podría intimarlo a retomar tareas bajo apercibimiento de considerarlo en abandono de trabajo 2) Si el empleador fue notificado (situacion que no se dio hasta hoy) debe suspender el pago total de los haberes hasta tanto no se resuelva la situación del trabajador, debiendo comunicar esta situación mediante CD?. De mas esta decir que el empleador quiere que ese trabajador no trabaje mas para el. El servicio que prestan es un servicio de combis y obviamente tiene miedo que ponga en peligro la seguridad de los pasajeros/compañeros. Gracias a todos!