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  • PELEA ENTRE COMPAÑEROS- NATURALEZA LABORAL DEL ACCIDENTE-

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1170940  por mariaximena11
 
Hola colegas!
En el estudio se inicio una demanda contra una ART porque el trabajador (empleado de vigilancia) estando en horario de trabajo, sufrio una grave agresion de un vecino de la fabrica, que alegaba haber piropeado a la hija. El trabajador estaba custodiando la puerta de la fabrica y vino el vecino con 7 personas mas y lo molieron a golpes.
Hizo la denuencia a la art, le dieron prestaciones y luego rechazaron el siniestro.
Iniciamos demanda.
Conesta la ART oponiendo la falta de legitimacion pasiva por ser un problema particular del accionante.
Estuve buscando jurisprudencia al respecto y encontre una que rechazaba la naturaleza laboral del accidente.

estoy un poco perdida en cuanto a contestar esta exepcion, y preciso hacerlo lo mas completo posible.
Si alguno me guia o me da una ayuda, agradecida.
 #1170945  por Torito
 
Mira, yo contestaría la excepción solicitando su rechazo o que en su defecto se resuelva con el fondo de la cuestión. Para mí es netamente laboral el accidente ya que el trabajador estaba cumpliendo horario de trabajo. Si el no estaba parado ahí en la puerta de la fábrica, no hubiese sido golpeado.... mas allá de que sea verdad o no de haber piropeado a la chica.

Suerte!!!!
 #1170953  por mariaximena11
 
Torito escribió:Mira, yo contestaría la excepción solicitando su rechazo o que en su defecto se resuelva con el fondo de la cuestión. Para mí es netamente laboral el accidente ya que el trabajador estaba cumpliendo horario de trabajo. Si el no estaba parado ahí en la puerta de la fábrica, no hubiese sido golpeado.... mas allá de que sea verdad o no de haber piropeado a la chica.

Suerte!!!!
SI, lo encare por ese lado. Las tareas que hacian eran propias e inherentes a su puesto de trabajo, estaba bajo la orbita del empleador, en horario laboral y por lo tanto la aseguradora de la patronal debe responder.
queria ver si habia algo de jurisprudencia, pero solo encontre un fallo que era una pelea de compañeros y se rechazo la naturaleza laboral del accidente. Veremos que pasa...
Gracias doc
 #1170978  por adessoma
 
Es que como lo contás estimo que la ART tiene razón. ¿La agresión fue en la vereda o adentro de la fábrica?
El art. 6.1 de la LRT es claro cuando refiere a todo acontecimiento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo.
Me parece que la cuestión pasa por el fuero penal -y una vez probado- la demanda civil, pero no el fuero del trabajo.
No sé qué opinarán los demás colegas.
 #1171066  por dramnj
 
Para mi también es laboral. Entiendo que estaba en ocasión de trabajo y sobre toda las cosas en cumplimiento de sus funciones. Seria asimilable al caso de un cliente que propina golpes a un ejecutivo de servicio en una sucursal. Que opinan los demas colegas?
 #1171286  por mariaximena11
 
adessoma escribió:Es que como lo contás estimo que la ART tiene razón. ¿La agresión fue en la vereda o adentro de la fábrica?
El art. 6.1 de la LRT es claro cuando refiere a todo acontecimiento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo.
Me parece que la cuestión pasa por el fuero penal -y una vez probado- la demanda civil, pero no el fuero del trabajo.
No sé qué opinarán los demás colegas.
Gracias Dr! Busque jurisprudencia que me pueda orientar acerca de la naturaleza o no del accidente. Solo encontre un fallo interesante en el cual era una pelea entre dos compañeros de trabajo, uno se encontraba en horario laboral y otro no. En primera instancia rechazaron la naturaleza laboral del accidente denunciando, alegando cuestiones personales. Asi que el antecedente no me es alentador. Alege e hice incapie en que el actor se encontraba en horario de trabajo, cumpliendo funciones especificas a su puesto y que su su tarea de desarrollaba exclusivamente en la puerta del establecimiento de su empleador, atento a que controlaba la entraba y salida del personal.
Pero el mismo actor hizo la denuncia penal y alego que los golpes fueron dados por este X por haber alegado que piropeaba a la hija.
veremos como sale esto jeje
En verdad lo lastimaron muchisimo, le rompieron piezas dentales.

Gracias por su tiempo.
saludos
 #1171291  por adessoma
 
Te entiendo. Tuve un caso idéntico al tuyo, con la salvedad de que mi cliente -sereno en un garaje-, literalmente, le rompió la nariz a su compañero (ambos en horario de trabajo).
El tema es que yo interpuse demanda contra el empleador, no contra la ART. Es que contra la ART vas a poder reclamar únicamente las contingencias previstas en en Decreto 659/96. Pero por otro lado, estimo que la ART te dirá que está al margen de este reclamo por el eximente de ser un "daño causado por dolo o fuerza mayor extraña al trabajo" (art. 6.3.a de la LRT).
En mi caso la demanda la instauré contra el empleador y lo gané. El colega del demando despidió a mi cliente por la comisión del delito de lesiones, sin haberse iniciado causa penal previa y esas lesiones finalmente no pudieron probarse, por que el despido valdrá simplemente como incausado.
¿La riña fue en la vereda o dentro del domicilio del empleador? Es importante determinar si fue dentro de los límites de la empresa.
Saludos.
 #1171617  por mariaximena11
 
adessoma escribió:Te entiendo. Tuve un caso idéntico al tuyo, con la salvedad de que mi cliente -sereno en un garaje-, literalmente, le rompió la nariz a su compañero (ambos en horario de trabajo).
El tema es que yo interpuse demanda contra el empleador, no contra la ART. Es que contra la ART vas a poder reclamar únicamente las contingencias previstas en en Decreto 659/96. Pero por otro lado, estimo que la ART te dirá que está al margen de este reclamo por el eximente de ser un "daño causado por dolo o fuerza mayor extraña al trabajo" (art. 6.3.a de la LRT).
En mi caso la demanda la instauré contra el empleador y lo gané. El colega del demando despidió a mi cliente por la comisión del delito de lesiones, sin haberse iniciado causa penal previa y esas lesiones finalmente no pudieron probarse, por que el despido valdrá simplemente como incausado.
¿La riña fue en la vereda o dentro del domicilio del empleador? Es importante determinar si fue dentro de los límites de la empresa.
Saludos.
Gracias Dr. La pelea fue en la puerta de ingreso del establecimiento del empleador. Ya conteste el traslado haciendo incapie en la naturaleza laboral del accidente (horario de trabajo, cumpliendo funciones propias y especificas a su puesto laboral, en momento en que la fuerza de trabajo estaba puesta a favor del empleador y en la puerta de acceso a su establecimiento laboral). Veremos como resuelven. Gracias por su ayuda.
saludos!