Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • HONORARIOS

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1172480  por amg
 
Tengo muchas dudas respecto del tema. Por ejemplo si los obligados al pago son varios demandados, la apelación que por altos efectúa uno de ellos, beneficia a todos?
Cuando los honorarios son apelados, en todos los casos los intereses corren desde la resolución de la cámara? o si la camara los confirma corren desde que fueron notificados en primera instancia?
 #1172493  por legalescom
 
Si, la apelación de uno beneficia a los demás y, los intereses, correrán dese que quede firme la sentencia de cámara.
 #1172554  por abogado1987
 
amg escribió:Tengo muchas dudas respecto del tema. Por ejemplo si los obligados al pago son varios demandados, la apelación que por altos efectúa uno de ellos, beneficia a todos?
Cuando los honorarios son apelados, en todos los casos los intereses corren desde la resolución de la cámara? o si la camara los confirma corren desde que fueron notificados en primera instancia?
entiendo que depende por ej en CABA > "... el máximo tribunal de La Nación tiene dicho que los intereses aplicables a los honorarios regulados a los abogados deben computarse desde la mora del deudor, la cual se configura -de acuerdo al art. 49, ley 21.839- una vez transcurridos treinta días de notificado el auto regulatorio, en virtud de no haberse establecido un plazo menor, y no desde una fecha anterior (CSJN, 10/05/2006, in re "F.S.N. c/ Dirección General Impositiva", L. L. 2005-D, 845); ..."
 #1172557  por legalescom
 
Exacto. En Pcia. de Bs. As., se aplica el Dec. Ley 8904/77, que dice en su art.

ARTICULO 54°: Los honorarios regulados judicialmente deberán abonarse dentro de los diez (10) días de quedar firme el auto regulatorio....."
 #1172586  por amg
 
Comprendo, pero si la Camara los reduce, los intereses corren desde los 10 días del auto regulatorio y el monto es el dispuesto por la Camara?
 #1172596  por legalescom
 
Exacto pero, los intereses corren después de 30 días, para Capital, y 10 días, para Provincia de Bs. As., de quedar firme el auto regulatorio.