Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Duda sobre alimentos

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1172280  por mariacg
 
Hola buenas tardes colegas, espero puedan despejar una duda que se presenta. Con respecto a los alimentos cuando se acuerdo el cuidado personal compartida con la modalidad indistinta viviendo el niño en el domicilio de uno de los progenitores, el padre no conviviente debe pasar una cuota de alimentos? Y con respecto al régimen de comunicación ( ex régimen de visitas) también se debe acordar este tema aunque sea un cuidado compartido?. Espero puedan despejar esta duda, Gracias.
 #1172292  por AndreaBen
 
Hola, como estas? Ambos deben hacerse cargo de los gastos del niño (art 658) pero tene en cuenta el art 660, en el caso en que si bien el cuidado sea compartido el niño pase mucho mas tiempo con uno que con otro. También se tiene en cuenta cuanto gana cada uno, si uno gana mucho mas que el otro le debe pasar alimentos para que el niño pueda mantener el mismo estilo de vida con ambos. En cuanto al régimen de comunicación tenes el plan de parentabilidad para organizar que días y horarios va a estar con cada uno. (art 655) Espero te sirva, saludos.
 #1172325  por DRA. MACA
 
mariacg escribió:Hola buenas tardes colegas, espero puedan despejar una duda que se presenta. Con respecto a los alimentos cuando se acuerdo el cuidado personal compartida con la modalidad indistinta viviendo el niño en el domicilio de uno de los progenitores, el padre no conviviente debe pasar una cuota de alimentos? Y con respecto al régimen de comunicación ( ex régimen de visitas) también se debe acordar este tema aunque sea un cuidado compartido?. Espero puedan despejar esta duda, Gracias.
Si, debe pasar una cuota de alimentos. Igual decis que se llego a un acuerdo pero sin establecerse el tema de los alimentos ni el régimen de comunicación.
 #1172335  por EstebanM7
 
DRA. MACA escribió:
mariacg escribió:Hola buenas tardes colegas, espero puedan despejar una duda que se presenta. Con respecto a los alimentos cuando se acuerdo el cuidado personal compartida con la modalidad indistinta viviendo el niño en el domicilio de uno de los progenitores, el padre no conviviente debe pasar una cuota de alimentos? Y con respecto al régimen de comunicación ( ex régimen de visitas) también se debe acordar este tema aunque sea un cuidado compartido?. Espero puedan despejar esta duda, Gracias.
Si, debe pasar una cuota de alimentos. Igual decis que se llego a un acuerdo pero sin establecerse el tema de los alimentos ni el régimen de comunicación.
Ahora que te leo voy entendiendo que no explica si esta en charlas previas para acordar o ya firmo un cuidado indistinto sin ver el resto. Ultimo caso tendria q iniciar un alimentos. Es como decis o estudias o compartis.
 #1172587  por mariacg
 
Gracias por sus respuestas!! Todavía no se firmó nada se está arreglando el tema de los alimentos gracias