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  • Juicio aseguradora quiebra

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 #1172672  por SofiV
 
Hola! Tengo audiencia preliminar en unos días con la aseguradora (fijada con anterioridad a la liquidación), no sé cómo tendría qué proceder con este tema! Es mi primer juicio de Daños y me pasa esto. Alguien que pueda orientarme un poco sobre cómo seguir? Se lo agradecería muchísimo.

Saludos!
 #1173825  por andresxeneizes
 
tecnicamente tendrias que denunciar esto en el expte, y notificar al sindico de la quiebra que es quien tiene que tomar intervencion en el caso.
igualmente, quizas te convenga primero pasar la audiencia y luego denunciar esto, para no atrasar el expte
 #1173846  por Nise
 
En mi caso notifique al demandado (asegurado) que quedó rebelde. Que opinan, me aconsejan desistir de Aseguradora Federal (aclaro, aún no lo notifique el traslado de demanda a esta). Ir a verificar para no cobrar nada me parece al Pepe, salvo que haya un fondo de compensación como sucede con las ART..
 #1174103  por Nise
 
flux escribió:Como esta la mano, si el asegurado es solvende ni digas nada, demanda al asegurado y que el sea quien te introduzca a la citada en garantia en el proceso. Llegado el punto en que eso pase (que capaz ni pasa, a lo mejor hay error procesal del asegurado en ese aspecto) ahi sera la citada en garantia quien te declare la quiebra. Y llegado ese momento, cuando haya que negociar, vos diras que no negocias con fallidos porque lo unico que tienen son promesas pero no dinero real, que vos queres negociar con alguien que pueda pagar, no negociar con alguien que promete pagar pero despues te dice que tenes que ir a verificar y ahi te vuelven a re-renegociar lo que negociaste ya antes; salvo que el acuerdo sea con plata en mano al momento de la firma (cosa que no va a pasar) o que el asegurado tambien firme el convenio (algun "vivo" va a sugerirte que lo desistas, que la aseguradora se hace cargo). Ahi el juzgado te va a poner una cara de tuje terrible al ver que vos no les facilitas el acuerdito rapidito, pero otra no te queda. Tu reclamo es contra el asegurado, y si la aseguradora tambien queda metida, no es tu interese cobrarselo a ella, sino ir directamente contra el ejecutado y no pasar por la quiebra

Todo esto siempre que tengas un asegurado solvente
EN MI CASO EL JUICIO SE ENCUENTRA EN ESTE ESTADO: EL DEMANDADO (ASEGURADO) QUEDO REBELDE (LO NOTIFIQUE BAJO RESPONSABILIDAD). COMO EL JUZGADO ME PIDIO QUE LUEGO DE NOTIFICADO EL DEMANDADO DEL TRASLADO DE DEMANDA, NOTIFIQUE A LA CITADA EN GARANTIA (QUE JUSTAMENTE ES ESTA ASEGURADORA LIQUIDADA), ME QUEDA ESA DISYUNTIVA: O DESISTO DE LA CITACION EN GARANTIA QUE PEDI EN LA DEMANDA, O ESTOY OBLIGADA A CITARLA.

AHORA, EN EL HIPOTETICO CASO QUE SI O SI DEBA CITARLA, QUIEN CUBRIRA EL PAGO DE LA INDEMNIZACION EN EL SUPUESTO (MUY FACTIBLE) DE PROSPERAR LA DEMANDA??? :roll: :roll:
 #1174272  por SofiV
 
andresxeneizes escribió:tecnicamente tendrias que denunciar esto en el expte, y notificar al sindico de la quiebra que es quien tiene que tomar intervencion en el caso.
igualmente, quizas te convenga primero pasar la audiencia y luego denunciar esto, para no atrasar el expte


Gracias! en los últimos días se presentó el apoderado de la aseguradora y denunció la situación. Los demandados están rebeldes, uno aparentemente insolvente y el otro no sé. Tengo que notificar a los liquidadores? La semana que viene es la audiencia preliminar, a la que obviamente no va a ir nadie, qué debería manifestar en la misma? alguna sugerencia?