Estimados:
Mi consulta es procesal. Estoy por iniciar en Capital la división y liquidación de una sociedad conyugal.
Uno de los bienes es un inmueble cuyo carácter de propio o ganancial está discutido. Para obtener que sea determinado como ganancial voy a solicitar se declare la NULIDAD de un convenio privado en el que mi cliente le reconocía carácter de bien propio.
Mi pregunta es: ¿tengo que plantear la nulidad como una pretensión dentro de la demanda de liquidación, o lo tengo que iniciar como una acción autónoma?
Cualquier dato u opinión al respecto me va a ser muy útil.
Muchas gracias!
Mi consulta es procesal. Estoy por iniciar en Capital la división y liquidación de una sociedad conyugal.
Uno de los bienes es un inmueble cuyo carácter de propio o ganancial está discutido. Para obtener que sea determinado como ganancial voy a solicitar se declare la NULIDAD de un convenio privado en el que mi cliente le reconocía carácter de bien propio.
Mi pregunta es: ¿tengo que plantear la nulidad como una pretensión dentro de la demanda de liquidación, o lo tengo que iniciar como una acción autónoma?
Cualquier dato u opinión al respecto me va a ser muy útil.
Muchas gracias!