Me rechazaron un recurso administrativo de revocatoria por extemporáneo, lo que ocurrió es que yo presenté un escrito pidiendo vista del expediente, para que se interrump el plazo y tener 10 días más, ya que estaba muy justa con el tiempo. Computando esos días el recurso está presentado en tiempo y forma. Pero legal y técnica no me considero el pedido de vista como interruptivo del plazo y es por ello que no lo tratan x extemporáneo, como atacó está desición, xq si voy ahora a la vía judicial no me van a considerar agotada la vía judicial. Esto es en provincia, más precisamente en La Plata.
NoeS escribió:Me rechazaron un recurso administrativo de revocatoria por extemporáneo, lo que ocurrió es que yo presenté un escrito pidiendo vista del expediente, para que se interrump el plazo y tener 10 días más, ya que estaba muy justa con el tiempo. Computando esos días el recurso está presentado en tiempo y forma. Pero legal y técnica no me considero el pedido de vista como interruptivo del plazo y es por ello que no lo tratan x extemporáneo, como atacó está desición, xq si voy ahora a la vía judicial no me van a considerar agotada la vía judicial. Esto es en provincia, más precisamente en La Plata.Ocurrí al contencioso si la administración omitiò la consideraciòn de la ilegitimidad (1 y 74 2do párrafo del dec. ley 7647/70).