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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1168889  por seviis
 
Buenas.
La consulta que tengo es la siguiente.

Tengo una persona que no se puede mover del geriátrico donde se encuentra.
Ya contacté un escribano del listado de ANSES por la zona, y me dijo que lleve "los formularios que pide ANSES"
En la página no están bien especificados.
Y en la UDAI no me supieron dar certezas


Me dan una mano?

Creo que son el formulario PS 2.28 de otorgamiento de poder y el PF 2.9, adjunto imagenes

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Alguien sabe?

Gracias.
 #1168898  por SAIJ2017
 
Hay un instructivo. Primero pedis eximicion de huella y despues en la UDAI te dan el convenio lo firma el escribano y el beneficario en todas las hojas, fotocopias de DNI y sacs turno y lo llevas con el convenio credencial y fotocopia como si fueras a poner la huella y listo.


DNYP-07-02/16 - ANSeS
Reparación histórica. Procedimiento general. Suscripción presencial del acuerdo con firma ológrafa
Vigencia: 14/10/2016

I. Objetivo
Establecer el procedimiento que deberán llevar a cabo las Unidades de Atención Integral para la aceptación del Acuerdo de Reparación Histórica con firma ológrafa.

II. Alcance
Esta norma de procedimiento comprende el circuito de Aceptación del Acuerdo con firma ológrafa para exentos de huella y menores de 18 años de edad, desde la presentación por parte del Titular/Representante Legal y/o su Abogado, la firma del Acuerdo, escaneo y adjuntado del mismo al Sistema Reparación Histórica con firma digital hasta la caratulación de la actuación administrativa y reserva del expediente.

III. Consideraciones Generales
1. Este proceso se encuentra enmarcado en el Anexo l, Punto F de la Resolución D.E. N° 305/2016 y Artículos 4 y 5 de la Resolución D.E. N° 306/2016.
2. Solo podrán aceptar el acuerdo con la firma ológrafa, los Titulares/Representantes Legales o Abogados con condición de exentos de registro de huella digital. Se considerará exento a:
• Aquellos que se encuentren comprendidos en los lineamientos que establece el procedimiento DNYP-06-01:

- Imposibilidad física/huella ilegible
- Imposibilidad de movilización o traslado
- Internación en instituciones/residencias de adultos mayores
- Internación médica hospitalaria
- Internación médica domiciliaria
- Reposo domiciliario
- Privación de la libertad

• Aquellos que presenten las siguientes características:
- Menores de 18 años
- Curados con relación de curatela registrada en ADP
- Residentes en el Exterior
Únicamente aquellas personas que se encuentren imposibilitadas de concurrir a la UDAI (exentos por imposibilidad de movilización) podrán suscribir el acuerdo en el lugar donde se encuentren, siempre y cuando la firma esté certificada ante un escribano público adherido al Programa Reparación Histórica.
3. El Procedimiento General de Reparación Histórica, tiene tres etapas:

- Por parte del Titular: La aceptación de los Términos y Condiciones del Acuerdo y la designación de un abogado, con Clave de la Seguridad Social a través de Mi ANSES.
- Por parte del Abogado: La aceptación de la designación realizada por el Titular y de los términos y condiciones del Acuerdo, con Clave de la Seguridad Social a través de Mi ANSES, momento en el cual se le otorgará el turno.
- La firma del Acuerdo tanto por el Titular/Representante Legal/ Apoderado con Poder Especial y del Abogado.
4. A fin de lograr un mejor entendimiento se dividen los procedimientos de acuerdo a quienes son los actores que se presenten en las Unidades de Atención el día del turno:

A) Procedimiento para la presentación del Titular y Abogado.
B) Procedimiento para la presentación del Representante Legal (en caso de Incapaces: Menores de 18 años y Curados) y del Abogado
C) Procedimiento para la presentación del Apoderado/Abogado con Poder Especial
D) Procedimiento para la presentación del Abogado con Carta Poder (Form. PS 6.4)
E) Procedimiento para la presentación de casos de Titulares Residentes en el Exterior
F) Residentes en el exterior con apoderado cuyo poder especial para Reparación Histórica fue extendido en el país.
5. Para los casos en que los Titulares presenten imposibilidad de ingresar a la WEB para realizar la designación del abogado y la aceptación de los Términos y Condiciones, el Sistema de Reparación Histórica contará con un perfil especial a través del cual el operador de UDAI podrá realizar ese paso previo. En estos supuestos, el día del turno deben presentarse:

- Representante legal (con la documentación para acreditar la relación de tutela, curatela, tenencia o representación parental) con el abogado.
- Abogado con formulario PS 6.4 o Poder Especial/General habilitante.
6. En caso que el Titular se encuentre exento por una causal que le impida presentarse en la UDAI, podrá suscribirlo el acuerdo de las siguientes formas:

- Ante un Escribano adherido al Programa Reparación Histórica, quien certificará la firma del Titular.
- Por medio de un Apoderado.
En ambos casos, el Abogado debe firmar el Acuerdo en la UDAI ante él un funcionario del Organismo.
7. Están habilitados para firmar el Acuerdo en representación del Titular, solo quienes tengan Poder especial emitido para tal fin (y acrediten la imposibilidad para concurrir por parte del titular) o quienes sean sus representantes legales (Tutores, Curadores, Padres de menores de edad).
El representante legal o apoderado deberá presentarse el día del turno con el Poder especial o la documentación que acredite la relación de representación invocada.
En el caso del Poder el operador de la UDAI deberá analizar que el mismo sea válido.
En caso de que el operador tenga dudas respecto de la validez de los documentos presentados, podrá consultar al Servicio Jurídico, a través de los canales que éste disponga.
8. La designación del Abogado y la aceptación por parte de éste en el aplicativo web disponible en Mi ANSES/Reparación Histórica mediante el uso de la Clave de la Seguridad Social, implica la autorización para la presentación del trámite de Reparación Histórica en la UDAI, sin necesidad de pedir otra documentación.
9. Aquellos Titulares que residan en el extranjero y que no se trasladen para suscribir el Acuerdo, deberán tramitarlo a través de un Apoderado con Poder Especial, conforme lo enunciado en la Circular DPAyT N° 36/16 o la que en el futuro la reemplace.
10. En caso que el Titular sea Abogado con Matrícula Federal habilitante vigente, podrá representarse a sí mismo y suscribir el acuerdo.
11. La aplicación de Reparación Histórica caratulará automáticamente un expediente bajo tipo de trámite 404 al momento de la aceptación de los Términos y Condiciones. (El Titular podrá hacer seguimiento del expediente desde la aplicación “Seguimiento de expedientes” disponible en la web ANSES mediante la clave de seguridad social)
12. En aquellos casos donde se manifieste que el Titular o un integrante de su grupo familiar padezcan una enfermedad terminal grave se deberá proceder de acuerdo a lo establecido en la Circular DP N° 32/16 o la que en el futuro la reemplace.

IV. Flujogramas de Macronivel
A) Procedimiento para la presentación del Titular y Abogado


B) Procedimiento para la presentación del Representante Legal (en caso de Incapaces: Menores de 18 años y Curados) y del Abogado



C) Procedimiento para la presentación del Apoderado/Abogado con Poder Especial



D) Procedimiento para la presentación del Abogado con Carta Poder (Form. PS 6.4)


E) Procedimiento para la presentación de casos de Titulares Residentes en el Exterior



F) Residentes en el exterior con apoderado cuyo poder especial para Reparación Histórica fue extendido en el país



V. Detalle de Tareas
A) Procedimiento para la presentación del Titular y Abogado
Operador
1. Recibe al Titular y su Abogado el día del turno otorgado.
2. Verifica la identidad de ambos de acuerdo a la normativa vigente.
3. Verifica si alguno de los dos se encuentran exentos del Programa MI HUELLA ingresando a ADP - Exenciones Biométricas.

3.1 Si ninguno de los dos se encuentran exentos, verifica si se encuentran en condiciones de utilizar sus huellas digitales:

3.1.1 Si se encuentran en condiciones, realiza el enrolamiento de acuerdo a lo establecido en el MAUS-57-02 “Sistema de Identificación Biométrica - Programa MI HUELLA” y continúa con el proceso de suscripción automática descripto en la Norma de Procedimiento DNYP-07-01 “Reparación Histórica - Procedimiento General Suscripción Presencial del Acuerdo con huella".
3.1.2 Si alguno de los dos no se encuentra en condiciones de utilizar sus huellas digitales, realiza la carga de la exención correspondiente de acuerdo a la norma de procedimiento DNYP-06-01 “Solicitud de Exención de Registro Biométrico - Programa MI HUELLA” y continúa en punto 4.
3.2 Si alguno de los dos se encuentra registrado como exento del Programa MI HUELLA, continúa en punto 4.
4. Verifica que se haya realizado el inicio del trámite desde Mi ANSES/Reparación Histórica:

4.1 Si no se ha realizado el inicio del trámite, informa que debe realizarlo y finaliza la atención.
4.2 Si se ha realizado, continúa.
5. Imprime el Acuerdo por duplicado y lo entrega a los presentes.
6. Solicita la firma ológrafa de ambos en el Acuerdo.
7. Certifica las firmas que fueron realizadas en su presencia.
8. Entrega una de las copias como constancia.
9. Informa que el Acuerdo será remitido al Poder Judicial de la Nación electrónicamente y que podrá verificar el estado de su trámite consultando el número de expediente que figura en el Acuerdo ingresando en la página Web de ANSES en la opción Consulta de Expedientes finalizando la gestión del trámite.
10. Escanea el Acuerdo con formato PDF y lo firma digitalmente.
11. Caratula en forma manual en ANME un expediente bajo tipo de trámite 274 a fines de la guarda documental.
12. Imprime la carátula y adjunta el original del Acuerdo firmado y lo reserva según plazo de guarda administrativo.
13. Ingresa al aplicativo de Reparación Histórica a través de ADP y sube adjunta las imágenes escaneadas firmadas digitalmente del Acuerdo suscripto en forma ológrafa, de acuerdo a las pautas establecidas en el Manual de Usuario correspondiente.
B) Procedimiento para la presentación del Representante Legal (en caso de Incapaces: Menores de 18 años y Curados) y del Abogado
Operador
1. Recibe al Representante Legal y su Abogado el día del turno otorgado.
2. Verifica la identidad de ambos de acuerdo a la normativa vigente.
3. Solicita en todos los casos la documentación que acredite la relación y/o el vínculo conforme la normativa vigente de ADP, y verifica que se encuentre registrada en ADP.

3.1.1 Si está registrada, continúa.
3.1.2 Si no está registrada, la registra de acuerdo a la normativa vigente y continúa.

4. Verifica si se ha realizado el inicio del trámite desde Mi ANSES/Reparación Histórica.

4.1 Si se ha realizado, continúa en punto 6.
4.2 Si no se ha realizado, continúa en el punto 5.
5. Ingresa a ADP con el CUIL del Titular y selecciona la opción “Reparación Histórica”, de acuerdo a lo detallado en el Manual de Usuario correspondiente.

5.1 Solicita al Representante Legal y al Abogado que completen el Formulario “Declaración Jurada - Autorización Carga de Datos”, y que lo firmen ambos.
5.2 Realiza la asignación del abogado en la aplicación, según lo indicado por el Representante Legal.
5.3 Realiza la aceptación del abogado y de los Términos y Condiciones, tanto del titular como del Abogado.
5.4 Reserva el formulario para adjuntarlo al expediente administrativo.
5.5 La aplicación caratula de manera automática en ANME un expediente con tipo de trámite 404.
6. Imprime el Acuerdo por duplicado y lo entrega a los presentes.
7. Solicita la firma ológrafa de ambos en el Acuerdo.
8. Certifica las firmas que fueron realizadas en su presencia.
9. Entrega una de las copias como constancia.
10. Informa que el Acuerdo será remitido al Poder Judicial de la Nación electrónicamente y que podrá verificar el estado de su trámite consultando el número de expediente que figura en el Acuerdo ingresando en la página Web de ANSES en la opción Consulta de Expedientes finalizando la gestión del trámite.
11. Escanea con formato PDF el Acuerdo firmado y las constancias de Representación Legal, incluyendo la documentación que acredita la relación registrada en ADP, y firma digitalmente el documento.
12. Caratula en forma manual en ANME un expediente bajo tipo de trámite 274 a fines de la guarda documental.
13. Imprime la carátula y adjunta el original del Acuerdo firmado, constancia de Representación Legal y Formulario “Declaración Jurada – Autorización Carga de Datos”, en caso de corresponder, y lo reserva según plazo de guarda administrativo.
14. Ingresa al aplicativo de Reparación Histórica a través de ADP y adjunta las imágenes escaneadas firmadas digitalmente del Acuerdo suscripto en forma ológrafa y la documentación que acredite la relación y/o el vínculo, de acuerdo a las pautas establecidas en el Manual de Usuario correspondiente.
C) Procedimiento para la presentación del Apoderado/Abogado con Poder Especial
Operador
1. Recibe al Abogado el día del turno otorgado.
2. Verifica la identidad de acuerdo a la normativa vigente.
3. Verifica si el titular se encuentra exento del Programa MI HUELLA ingresando a ADPExenciones Biométricas

3.1 Si el titular no tiene registrada la exención, solicita al Abogado la documentación que acredite la exención de acuerdo a lo establecido en la Norma de Procedimiento DNYP-06-01 “Solicitud de Exención de Registro Biométrico - Programa MI HUELLA” y la carga. Continúa en el punto 4.
3.2 Si el titular tiene registrada la exención, continúa.
4. Verifica que el Poder sea válido:

4.1 En caso de que el Poder Especial no sea válido, informa esta situación y finaliza el trámite.
4.2 En caso de que el Poder sea válido, verifica si se ha realizado el inicio del trámite desde Mi ANSES/Reparación Histórica:

4.2.1 Si se ha realizado el inicio del trámite, continúa en punto 5.
4.2.2 Si no se ha realizado el inicio del trámite:

4.2.2.1 Ingresa a ADP con el CUIL del Titular y selecciona la opción “Reparación Histórica”, de acuerdo a lo detallado en el Manual de Usuario correspondiente.
4.2.2.2 Solicita al Abogado que complete el Formulario “Declaración Jurada – Autorización Carga de Datos”, y que lo firme.
4.2.2.3 Realiza la asignación del abogado en la aplicación.
4.2.2.4 Realiza la aceptación del abogado y de los Términos y Condiciones.
4.2.2.5 Reserva el formulario para adjuntarlo al expediente administrativo.
4.2.2.6 La aplicación caratula de manera automática en ANME un expediente con tipo de trámite 404.
5. Ingresa a ADP con el CUIL del Titular y selecciona la opción “Reparación Histórica”, de acuerdo a lo detallado en el Manual de Usuario correspondiente.
6. Imprime el Acuerdo por duplicado y lo entrega a los presentes.
7. Solicita la firma ológrafa en el Acuerdo.
8. Certifica la firma que fue realizada en su presencia.
9. Entrega una de las copias como constancia.
10. Informa que el Acuerdo será remitido al Poder Judicial de la Nación electrónicamente y que podrá verificar el estado de su trámite consultando el número de expediente que figura en el Acuerdo ingresando en la página Web de ANSES en la opción Consulta de Expedientes finalizando la gestión del trámite.
11. Escanea con formato PDF el Acuerdo firmado y el Poder Especial y los firma digitalmente.
12. Caratula en ANME un expediente bajo tipo de trámite 274, a los fines de la guarda documental.
13. Imprime la carátula y adjunta el original del Acuerdo firmado, Poder Especial y Formulario “Declaración Jurada – Autorización Carga de Datos”, de corresponder, y reserva según plazo de guarda administrativo.
14. Ingresa al aplicativo de Reparación Histórica a través de ADP y sube las imágenes escaneadas firmadas digitalmente del Acuerdo suscripto en forma ológrafa y el poder, en caso de corresponder, de acuerdo a las pautas establecidas en el Manual de Usuario correspondiente.
D) Procedimiento para la presentación del Abogado con Carta Poder (Formulario PS 6.4)
Operador
1. Recibe al Abogado el día del turno otorgado.
2. Verifica la identidad de acuerdo a la normativa vigente.
3. Verifica si el titular se encuentra exento del Programa MI HUELLA ingresando a ADPExenciones Biométricas

3.1 Si el titular no tiene registrada la exención, solita al Abogado la documentación que acredite la exención de acuerdo a lo establecido en la Norma de Procedimiento DNYP-06-01 “Solicitud de Exención de Registro Biométrico - Programa MI HUELLA” y la carga, continúa en el punto 4
3.2 Si el titular tiene registrada la exención, continúa
4. Verifica si el abogado presenta el Formulario PS 6.4 “Carta Poder” debidamente cumplimentado.

4.1 Si no presenta el Formulario debidamente cumplimentado, da por finalizado el trámite.
4.2 Si presenta el Formulario debidamente cumplimentado, continúa.
5. Verifica si se ha realizado el inicio del trámite desde Mi ANSES/Reparación Histórica:

5.1 Si se ha realizado, continúa en punto 6.
5.2 Si no se ha realizado:

5.2.1 Ingresa a ADP con el CUIL del Titular y selecciona la opción “Reparación Histórica”, de acuerdo a lo detallado en el Manual de Usuario correspondiente.
5.2.2 Solicita al Abogado que complete el Formulario “Declaración Jurada – Autorización Carga de Datos” para que complete los pasos en la WEB, y que lo firme.
5.2.3 Realiza la asignación del abogado en la aplicación.
5.2.4 Realiza la aceptación del abogado y de los Términos y Condiciones.
5.2.5 Reserva el formulario para adjuntarlo al expediente administrativo.
5.2.6 La aplicación caratula de manera automática en ANME un expediente con tipo de trámite 404. Continúa en punto 6.
6. Imprime el Acuerdo, firma y coloca sello aclaratorio en cada una de las hojas y lo entrega al Abogado.
7. Otorga turno para que vuelva con el Acuerdo firmado por el Titular y con la firma certificada por Escribano Público adherido al Programa Reparación Histórica, ingresando en la página Web de ANSES en la solapa informativa de Reparación Histórica.
8. Caratula en ANME un expediente bajo tipo de trámite 274 y adjunta el Formulario PS6.4 y Formulario “Declaración Jurada – Autorización Carga de Datos”, según corresponda.
9. Reserva expediente administrativo hasta que el Abogado se presente nuevamente.
10. Cuando se presente el abogado con el Acuerdo firmado por el Titular, verifica que el escribano que certificó la firma se encontraba adherido al Programa Reparación Histórica al momento de la certificación de la firma, en la nómina que se pondrá a disposición

10.1 Si no se encontraba adherido al momento de la certificación de la firma, informa al Abogado que el Escribano no está apto para operar en el marco del Programa.

10.1.1 Imprime otro ejemplar de Acuerdo, firma y coloca sello aclaratorio en cada una de las hojas y entrega al Abogado. Vuelve al punto 7.
10.2 Si se encontraba adherido al momento de la certificación de la firma, solicita que el Abogado firme el Acuerdo en el espacio correspondiente.
11. Certifica la firma que fue realizada en su presencia.
12. Realiza copia y entrega como constancia de firma del acuerdo.
13. Informa que el Acuerdo será remitido al Poder Judicial de la Nación electrónicamente y que podrá verificar el estado de su trámite consultando el número de expediente que figura en el Acuerdo ingresando en la página Web de ANSES en la opción Consulta de Expedientes finalizando la gestión del trámite.
14. Escanea el Acuerdo firmado con formato PDF y lo firma digitalmente.
15. Desarchiva el expediente TTR 274 que fuera reservado según lo indicado en el punto 9.
16. Adjunta el original del Acuerdo firmado y lo reserva según plazo de guarda administrativo.
17. Ingresa al aplicativo de Reparación Histórica a través de ADP y adjunta las imágenes escaneadas firmadas digitalmente del Acuerdo suscripto en forma ológrafa de acuerdo a las pautas establecidas en el Manual de Usuario correspondiente.
E) Procedimiento para la presentación de casos de Titulares Residentes en el Exterior
El Titular deberá realizar la aceptación de los términos y condiciones y la asignación del abogado en la página web de ANSES/ Mi ANSeS/Reparación Histórica, ingresando con Clave de Seguridad Social.
En caso de que el Titular se encuentre momentáneamente en el País, deberá proceder conforme lo dispuesto en el Apartado A -Procedimiento para la presentación del Titular y Abogado- de la presente Norma.
Operador
1. Recibe al Abogado el día del turno otorgado.
2. Verifica la identidad de acuerdo a la normativa vigente.
3. Verifica si se ha realizado el inicio del trámite desde Mi ANSES/Reparación Histórica:

3.1 Si se ha realizado, continúa en punto 4.
3.2 Si no se ha realizado, informa la situación al abogado y da por finalizada la atención.
4. Verifica que el Titular tenga acreditado en ADP el domicilio en el extranjero.

4.1 De estar acreditado, continúa en punto 5.
4.2 De no estar acreditado, informa al abogado que deberá acreditarlo conforme el procedimiento vigente.
5. Imprime el acuerdo, el cual firma y coloca sello aclaratorio en cada una de las hojas para hacer entrega al Abogado. El Titular deberá firmar el Convenio ante funcionario del Consulado del país de residencia, quien deberá certificar la firma.
6. Cuando se presente el abogado con el Acuerdo firmado por el Titular, verifica la correcta certificación:

6.1 De encontrarse correctamente certificado, solicita que el Abogado firme el Acuerdo en el espacio correspondiente.
6.2 De no encontrarse correctamente certificado, informa la situación y da por finalizada la atención.
7. Certifica la firma que fue realizada en su presencia.
8. Realiza copia y entrega como constancia de firma del acuerdo.
9. Informa que el Acuerdo será remitido al Poder Judicial de la Nación electrónicamente y que podrá verificar el estado de su trámite consultando el número de expediente que figura en el Acuerdo ingresando en la página Web de ANSES en la opción Consulta de Expedientes finalizando la gestión del trámite.
10. Escanea el Acuerdo firmado con formato PDF y lo firma digitalmente.
11. Caratula en ANME un expediente bajo tipo de trámite 274 y adjunta el original del Acuerdo firmado y lo reserva según plazo de guarda administrativo.
12. Ingresa al aplicativo de Reparación Histórica a través de ADP y adjunta las imágenes escaneadas firmadas digitalmente del Acuerdo suscripto en forma ológrafa de acuerdo a las pautas establecidas en el Manual de Usuario correspondiente.
F) Residentes en el exterior con apoderado cuyo poder especial para Reparación Histórica fue extendido en el país:
El Titular deberá realizar la asignación del abogado y la aceptación de los términos y condiciones en la página web de ANSES/ Mi ANSeS/Reparación Histórica, ingresando con Clave de Seguridad Social.
Operador
1. Recibe al Abogado y al Apoderado el día del turno otorgado.
2. Verifica la identidad de ambos de acuerdo a la normativa vigente.
3. Verifica si se ha realizado el inicio del trámite desde Mi ANSES/Reparación Histórica:

3.1 Si se ha realizado, continúa en punto 4.
3.2 Si no se ha realizado, informa la situación al abogado y da por finalizada la atención.
4. Verifica que el Titular tenga acreditado en ADP el domicilio en el extranjero.

4.1 De estar acreditado, continúa en punto 5.
4.2 De no estar acreditado, informa al abogado que deberá acreditarlo conforme el procedimiento vigente
5. Verifica la validez del poder especial:

5.1 Si es válido, continúa en el punto 6.
5.2 Si no es válido, informa tal situación y finaliza la atención.
6. Ingresa a ADP con el CUIL del Titular y selecciona la opción “Reparación Histórica”, de acuerdo a lo detallado en el Manual de Usuario correspondiente.
7. Imprime el Acuerdo por duplicado.
8. Solicita la firma ológrafa en el Acuerdo.
9. Certifica las firmas que fueron realizadas en su presencia.
10. Entrega una de las copias como constancia.
11. Informa que el Acuerdo será remitido al Poder Judicial de la Nación electrónicamente y que podrá verificar el estado de su trámite consultando el número de expediente que figura en el Acuerdo ingresando en la página Web de ANSES en la opción Consulta de Expedientes finalizando la gestión del trámite.
12. Escanea con formato PDF el Acuerdo firmado y Poder Especial, y los firma digitalmente.
13. Carátula en forma manual en ANME un expediente bajo tipo de trámite 274, a los fines de la guarda documental.
14. Imprime la caratula y adjunta el original del Acuerdo firmado y Poder Especial y lo reserva según plazo de guarda administrativo.
15. Ingresa al aplicativo de Reparación Histórica a través de ADP y adjunta las imágenes escaneadas firmadas digitalmente del Acuerdo suscripto en forma ológrafa y el poder, en caso de corresponder, de acuerdo a las pautas establecidas en el Manual de Usuario correspondiente.
 #1168901  por DRA. MACA
 
Todo ese laburo para cobrar monedas sin saber cuando? :shock:
 #1172156  por fabidoc
 
Gente, tengo una duda, la eximición de huella se la puedo hacer yo? Al cliente, debo llevar el form certificado por médico más Dni titular
Y me lo toman? Me surgio un caso ayer.
 #1172203  por DRA. MACA
 
Todo ese laburo por 1200 pesos?
 #1172865  por Rega
 
Les hago una consulta. Yo presenté un acuerdo con firma certificada por escribano hace 2 meses mas o menos. Fui retire el acuerdo, lo firmo la beneficiaria con el escribano, se certifico la firma, volví a sacar turno lo presenté firme adelante del operador de Anses, me lo recibieron estaba todo Ok.
Pero lo que me llama la atención es que desde el sistema informático cuando accedo a mi cuenta no me dice "esta siendo procesado" o "remitido al juzgado", me tira la opción como que nunca fue ingresado ("Aceptado por el beneficiario y abogado") y hasta me da la opción de sacar un nuevo turno...
Eso es normal o hay algo raro?
 #1172923  por Esteban25
 
Mira la resolucion dice que una vez firmado por el abogado queda en stand by a la espera de que se habilite el sistema operativo para escanear el acuerdo y enviarlo a la justicia...asi que esto da para largo..hasta que lo escaneen y lo manden...a armarse de paciencia!
 #1172969  por DeSantic
 
Rega escribió:Les hago una consulta. Yo presenté un acuerdo con firma certificada por escribano hace 2 meses mas o menos. Fui retire el acuerdo, lo firmo la beneficiaria con el escribano, se certifico la firma, volví a sacar turno lo presenté firme adelante del operador de Anses, me lo recibieron estaba todo Ok.
Pero lo que me llama la atención es que desde el sistema informático cuando accedo a mi cuenta no me dice "esta siendo procesado" o "remitido al juzgado", me tira la opción como que nunca fue ingresado ("Aceptado por el beneficiario y abogado") y hasta me da la opción de sacar un nuevo turno...
Eso es normal o hay algo raro?
Hola Rega, te comento dias atras presente un acuerdo similar y el operador de anses que me recibio el acuerdo me dijo lo siguiente: "tenemos ordenes de recirbirlos y archivarlos" los tienen ellos en su cajon del escritorio y en algun momento le daran la orden de enviarlo a la Justicia Federal
 #1184023  por drademocracy
 
seviis escribió: Dom, 19 Mar 2017, 20:10 Buenas.
La consulta que tengo es la siguiente.

Tengo una persona que no se puede mover del geriátrico donde se encuentra.
Ya contacté un escribano del listado de ANSES por la zona, y me dijo que lleve "los formularios que pide ANSES"
En la página no están bien especificados.
Y en la UDAI no me supieron dar certezas


Me dan una mano?

Creo que son el formulario PS 2.28 de otorgamiento de poder y el PF 2.9, adjunto imagenes

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Alguien sabe?

Gracias.
Hola Sebiiss o alguien que haya tenido un caso similar, me cuentan cómo lo solucionaron al final?
Llamo a un escribano del listado de Anses para que certifique la firma en el domicilio del jubilado que se encuentra inmovilizado? El acuerdo lo retiro de ANSES? Porque el que se imprime desde la página tiene una marca de agua.
Y una vez firmado por el jubilado con la firma certificada, lo llevo y lo firmo adelante del empleado de ANSES?

Gracias!
 #1184211  por AMP2016
 
Es así. Tengo dos casos así que siguen figurando como que nunca se firmo. Da la opción aún de sacar turno como si nunca hubiésemos firmado. Solo dice aceptado por el beneficiario y el abogado.
Fui a ANSES. dicen que no tienen el sistema para enviarlo a la justicia ( como hacen con los firmados con huella). La verdad que es cuestión de escanearlo pero ya es mucho para la ANSES.
Calculo que es cierto, siguen en algún cajón. La señora tiene 100 años, dudo lo cobre
 #1184460  por drademocracy
 
Estimados, recurro nuevamente a ustedes ya que llame a casi toda la lista de escribanos de CABA y la mitad no lo hace más porque Anses no les paga los honorarios (lo mismo que nos pasa a nosotros lamentablemente), la otra mitad no me atendió...
Los que lo hicieron podrían enviarme el contacto del escribano que tuvieron la suerte de que vaya?
La verdad me da pena pobre hombre, yo ni siquiera le voy a cobrar tampoco, esta postrado en su casa...lo de Anses es una verguenza, estoy totalmente indignada, después se llenan la boca hablando de la RH. :evil:
 #1184466  por drademocracy
 
dani64 escribió: Lun, 11 Sep 2017, 13:33 Tenés que llevar el acuerdo que te imprime Anses.
Dani, el acuerdo lo retiro de la UDAI de Anses que le corresponde al jubilado verdad? Me lo dan en el momento sin turno?
Gracias!