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  • Prohibición de innovar consulta

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 #1173459  por Zelene
 
Hola les quiero hacer una consulta pero primer les cuento como es el tema.

En el año 2000 le avisan a mi padre que por una deuda bancaria le iban a enviar el embargo de la casa por lo cual antes que llegue este aviso mi padre dona la casa a sus dos hijos mayores y se hace la escritura a nombre de ellos dos, al tiempo llega una notificación de "prohibición de innovar" porque según tengo entendido el banco decía que no podían pasar el inmueble a nombre de los hijos ya que iban a enviar el embargo (aclaro que el embargo jamas llego) y ahí quedo todo en los siguientes años, el banco que era el Dorrego fue vendido y comprado la cartera por el banco Pampa o sea cambio de provincia. Los siguientes 17 años jamas se supo nada mi madre vivir ahí todo ese tiempo y nunca llego otro papel, la casa fue usada varias veces como garantía para alquiler y prestamos y jamas salir nada. Ahora mi madre falleció y los hermanos deciden vender la casa, hace una subdivisión que se realiza sin problemas y cuando la inmobiliaria hace las averiguaciónes porque hay un comprador salta este papel de "prohibido innovar".
Mi pregunta es si esto ya caduco,o si pueden volver a reflotar el expediente y realizar el embargo igual aunque la escritura este a nombre de los hijos. Tenemos miedo de no poder vender la casa por esta cuestión. La venta es por crédito hipotecario.
 #1173464  por legalescom
 
Disponía el Cód. derogado, aplicable al caso, en su:
Art. 961. Todo acreedor quirografario puede demandar la revocación de los actos celebrados por el deudor en perjuicio o en fraude de sus derechos.

Resulta indudable que, la donación del padre a los hijos, lo fue en perjuicio de sus acreedores.

Lo mejor sería, ver el expediente, donde se trabara el "prohibido innovar" y resolver el camino a seguir.
 #1173487  por legalescom
 
Además, deberás tener en cuenta que la "prohibición de innovar" se diferencia del embargo y de la inhibición general de bienes, en que no caduca.
Sólo podrías levantarla obteniendo la culminación del proceso en que se dictara, por sentencia o prescripción del juicio.