Tengo un tema para despedir a un encargado, vamos a armar una espontanea para pagarle en el SECLO, como proceso, hablo con el trabajador para instrumentar el tema y ademas le mando el despido? o solamente acordamos hacer la espontanea y pedimos turno? es decir hay que acreditar en el SECLO el despido?
Lo que solemos hacer es mandar la CD de despido, y en la espontánea se discute la forma de pago.
Fijate que cuando pedís turno para la espontánea, el sistema te da la posibilidad de elegir despido directo y mencionar la fecha de despido.
Extraoficialmente, el Seclo homologa acuerdos donde se paga hasta un 30% menos de la liquidación real. Además podés pagar en cuotas. En caso de que haya algún pago en negro -circunstancia que no debería ocurrir- el empleador se beneficia con la improcedencia de las multas de la LE porque el vínculo se habrá disuelto antes de la intimación que refiere el art. 3º, inc. 1º, del dec. 2725/91.
Saludos.