Buenas noches.
Agradecere si me ayudan a despejar una inquietud.
Se trata de un trabajador que falleció, el cual era separado de hecho encontrándose en concubinato por 13 años.
La concubina cobró todo la indemnizaciñon del Art. 248 y el seguro obligatorio.
Existe otro seguro mercantil donde al no estar designado los beneficiarios solicitaron la declaratoria de herederos, por lo que le liquidaran a su conyuge e hijos mayores.
Para mi es correcto pero ahora estoy en duda.
Agradecere si me ayudan a despejar una inquietud.
Se trata de un trabajador que falleció, el cual era separado de hecho encontrándose en concubinato por 13 años.
La concubina cobró todo la indemnizaciñon del Art. 248 y el seguro obligatorio.
Existe otro seguro mercantil donde al no estar designado los beneficiarios solicitaron la declaratoria de herederos, por lo que le liquidaran a su conyuge e hijos mayores.
Para mi es correcto pero ahora estoy en duda.