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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1171905  por rox1991
 
Buenas tardes colegas, se me planteo el siguiente caso:

Mi cliente se divorcio en 2016, en la sentencia de divorcio nada dice respecto del cuidado personal de su único hijo menor, en la actualidad como tiene un trabajo de horarios rotativos y la ex-mujer pretende que vea a su hijo cuando ella quiera sin tener en cuenta que sus horarios laborales van cambiando, mi cliente quiere que se fijen parámetros para que pueda ver a su hijo ya que la relación con su ex-mujer no es buena. Se me ocurrió presentar una demanda de cuidado personal de modalidad alternada ofreciendo un plan de parentalidad con las posibilidades de mi cliente, como es mi primer caso con estas características querría saber si estoy en lo correcto, soy de Santa fe.

Desde ya gracias por sus comentarios. Saludos!
 #1173542  por AndreaBen
 
Hola, podes pedir cuidado personal compartido y presentar el plan q quiera tu cliente pero tené en cuenta que van a tener q ponerse de acuerdo o decidirá el juez y no va a contemplar la conveniencia de tu cliente sino el interés superior del niño. Y una vez establecido el régimen va a tener q cumplirlo. Estoy en Bs As pero calculo que será igual.
 #1173693  por BUENOOLGADOMINGA
 
Perdón, pero el divorcio fue en 2016?, en plena vigencia del nuevo CCyCN.
Solicitud de divorcio en forma unilateral, debió presentar su propuesta de convenio.
Solicitud de divorcio, por presentación conjunta, debían presentar el Convenio Regulador de los efectos posteriores al divorcio de art.438.
PLAN DE PARENTALIDAD

CUIDADO PERSONAL DEL HIJO MENOR DE EDAD:
ATRIBUCIÓN DE LA VIVIENDA:
ALIMENTOS:

BIENES: Si hay bienes gananciales que harán con ellos, dividirán, si hay automóvil quien se quedara con el rodado, como pagara el 50% al otro?
Hay que dejar todo aclarado en el convenio.
Si nada de ello sucedió porque no hubo convenio, puede solicitar judicialmente el cuidado personal compartido, alternado o indistinto
Si no hay hijos ni bienes, el divorcio sale volando, el juez dicta sentencia de divorcio vincular.

Si hay hijos y bienes, el juez dicta la sentencia y luego fija una audiencia de ratificación para dilucidar sobre el tema convenio, y si no hay acuerdo entre las partes, es el juez quien decide y esta facultado para agregar temas importantes que los cónyuges han omitido agregar al convenio, siempre teniendo en cuenta el interés superior del niño.
Saludos!!!