Buenas tardes, el caso es el siguiente:
Los padres de mis clientes han fallecido (Juana y Pedro).
Pedro tiene bienes propios en el Registro a su nombre y Juana no. Ya que en vida nunca ha iniciado la sucesión de sus respectivos padres (abuelos de mis clientes).
Se que puedo iniciar la sucesión conjunta de ambos unidos en matrimonio. Pero mi pregunta es, que pasa con los bienes que le corresponderían a Juana? Puedo en ese mismo escrito invocar el derecho de representación que le corresponde a mis clientes?
AYUDA!!!
Los padres de mis clientes han fallecido (Juana y Pedro).
Pedro tiene bienes propios en el Registro a su nombre y Juana no. Ya que en vida nunca ha iniciado la sucesión de sus respectivos padres (abuelos de mis clientes).
Se que puedo iniciar la sucesión conjunta de ambos unidos en matrimonio. Pero mi pregunta es, que pasa con los bienes que le corresponderían a Juana? Puedo en ese mismo escrito invocar el derecho de representación que le corresponde a mis clientes?
AYUDA!!!